Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 24-10-2025
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-21417)
Resolución de 29 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Marbella n.º 3, por la que se suspende la asignación de número de registro único de alquiler de corta duración turístico para cuatro habitaciones por haberse solicitado para más habitaciones de las que constan en la descripción registral de la finca y por constar en los estatutos de la propiedad horizontal que las viviendas «no podrán ser utilizadas para ejercer en ellas ninguna actividad comercial, industrial o profesional».
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Resolución de 29 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Marbella n.º 3, por la que se suspende la asignación de número de registro único de alquiler de corta duración turístico para cuatro habitaciones por haberse solicitado para más habitaciones de las que constan en la descripción registral de la finca y por constar en los estatutos de la propiedad horizontal que las viviendas «no podrán ser utilizadas para ejercer en ellas ninguna actividad comercial, industrial o profesional».Núm. 256
Viernes 24 de octubre de 2025
Sec. III. Pág. 139164
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
21417
Resolución de 29 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Marbella n.º 3, por la que se suspende la
asignación de número de registro único de alquiler de corta duración turístico
para cuatro habitaciones por haberse solicitado para más habitaciones de las
que constan en la descripción registral de la finca y por constar en los
estatutos de la propiedad horizontal que las viviendas «no podrán ser
utilizadas para ejercer en ellas ninguna actividad comercial, industrial o
profesional».
En el recurso interpuesto por doña G. S. M. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Marbella número 3, don Santiago Molina Minero, por la
que se suspende la asignación de número de registro único de alquiler de corta duración
turístico para cuatro habitaciones por haberse solicitado para más habitaciones de las
que constan en la descripción registral de la finca y por constar en los estatutos de la
propiedad horizontal que las viviendas «no podrán ser utilizadas para ejercer en ellas
ninguna actividad comercial, industrial o profesional».
Hechos
I
El día 15 de abril de 2025, se presentó en el Registro de la Propiedad de Marbella
número 3 una solicitud de asignación de número de registro de alquiler de corta duración
turístico para cuatro habitaciones de la finca registral número 54.562 por la mercantil
«Juris Gasteiz Asesoría de Empresas, S.L.», como representante de doña G. S. M.
II
Presentada dicha solicitud en el Registro de la Propiedad de Marbella número 3, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
Examinado el Registro, resulta:
– Que en la descripción de la finca objeto de solicitud de Asignación de Número de
Registro de Alquiler de Corta Duración, consta 3 habitaciones, y examinada la
documentación presentada, en la Resolución de Inscripción de inicio de Actividad de
Vivienda de Uso Turístico constan 4 habitaciones, lo que resulta contradictorio, por lo
que se suspende la asignación definitiva del Número de Registro de Alquiler de Corta
Duración por el defecto indicado, al ser la discrepancia expresada contraria al principio
hipotecario de determinación o especialidad, que exige que consten con claridad y
cve: BOE-A-2025-21417
Verificable en https://www.boe.es
«El Registrador que suscribe, previo examen y calificación del precedente
documento, instancia privada de fecha 15/04/2025, presentada por Juris Gasteiz
Asesoría de Empresas SL., solicitando Asignación de Número de Registro de Alquiler de
Corta Duración, que ha tenido entrada en el Registro a las 13:34:56 del día 15/04/2025,
causando el asiento número 2488 del Tomo 2025 del Diario el día 15/04/2025, con
arreglo a los artículos 18 y siguientes de la ley Hipotecaria, ha suspendido la inscripción
solicitada, en base a los siguientes hechos y fundamento de derecho:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 24-10-2025
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