Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 11-12-2025
Comunidad de Castilla y León. . III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-25370)
Acuerdo 50/2025, de 27 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara La Tuna en Castilla y León, bien de interés cultural de carácter inmaterial.
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Acuerdo 50/2025, de 27 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara La Tuna en Castilla y León, bien de interés cultural de carácter inmaterial.Núm. 297
Jueves 11 de diciembre de 2025
Sec. III. Pág. 163579
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
25370
Acuerdo 50/2025, de 27 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el
que se declara La Tuna en Castilla y León, bien de interés cultural de carácter
inmaterial.
El arraigo de la tuna en Castilla y León es particularmente significativo por haber
nacido y prosperado aquí algunas de las universidades más antiguas de España. La tuna
es una tradición viva, integrada en el pulso cotidiano de las ciudades universitarias y a la
vez portadora de la memoria histórica de las mismas, promoviendo el compañerismo, la
amistad y la inclusión entre sus miembros, fomentando la colaboración entre estudiantes
de distintos orígenes y reforzando la cohesión de la comunidad universitaria.
La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte, por Resolución de 30 de mayo de 2025, acordó incoar procedimiento para la
declaración como Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial de La Tuna en Castilla y León.
El Centro de Estudios Salmantinos con fecha de 5 de julio de 2025, y la Fundación
Joaquín Díaz con fecha de 8 de agosto de 2025, emiten informe favorable a la
declaración. Solicitado informe al Instituto Leonés de Cultura con fecha 11 de junio
de 2025, y transcurridos tres meses sin que dicho informe haya sido emitido, se
considera favorable de conformidad con el artículo 29 de la Ley 7/2024, de 20 de julio, de
Patrimonio Cultural de Castilla y León y el artículo 42.2 del Decreto 37/2007, de 19 de
abril, por el que se aprueba el Reglamento para la protección del Patrimonio Cultural de
Castilla y León.
Cumplidos los trámites preceptivos de información pública por el plazo de un mes
(BOCyL núm. 193 de 7 de octubre de 2025) y de audiencia a los interesados, no se
presentan alegaciones dentro del plazo concedido al efecto.
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 31.2 de la Ley 7/2024, de 20 de
junio, y en el artículo 46.3 del Decreto 37/2007, de 19 de abril, el Consejero de Cultura,
Turismo y Deporte ha propuesto declarar La Tuna en Castilla y León, como Bien de
Interés Cultural de carácter inmaterial y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han
cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente,
acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la
declaración y los documentos gráficos correspondientes.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Cultura,
Turismo y Deporte, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 27
de noviembre de 2025 adopta el siguiente acuerdo:
Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un
mes o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el
plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del
recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la
resolución expresa o presunta de aquel.
Valladolid, 27 de noviembre de 2025. El Presidente de la Junta de Castilla y León,
Alfonso Fernández Mañueco.–El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Gonzalo
Santonja Gómez.
cve: BOE-A-2025-25370
Verificable en https://www.boe.es
Declarar La Tuna en Castilla y León, Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial,
de acuerdo con la descripción que figura como anexo del presente acuerdo.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 11-12-2025
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