Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 19-12-2025

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Boletín Oficial del Estado
19/12/2025

Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . I. Disposiciones generales. Fondo de Carbono para una Economía Sostenible. (BOE-A-2025-26026)

Real Decreto 1151/2025, de 17 de diciembre, por el que se regula el Fondo de Carbono para una Economía Sostenible.

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Real Decreto 1151/2025, de 17 de diciembre, por el que se regula el Fondo de Carbono para una Economía Sostenible.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Viernes 19 de diciembre de 2025

Sec. I. Pág. 168956

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Real Decreto 1151/2025, de 17 de diciembre, por el que se regula el Fondo
de Carbono para una Economía Sostenible.

La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, creó en su artículo 91 un
fondo para la compra de créditos de carbono. Se trata de un fondo carente de
personalidad jurídica de carácter público adscrito a la Secretaría de Estado de Medio
Ambiente denominado actualmente Fondo de Carbono para una Economía
Sostenible (FES-CO2) (FCPJ) (en adelante, FES-CO2). El objeto inicial del FES-CO2 era
generar actividad económica baja en carbono y contribuir al cumplimiento de los objetivos
de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero asumidos por España. El Real
Decreto 1494/2011, de 24 de octubre, por el que se regula el Fondo de Carbono para una
Economía Sostenible, completó el desarrollo normativo necesario para la puesta en
marcha en España del FES-CO2, centrando su actividad en la adquisición de créditos de
carbono. Posteriormente, la disposición final décima del Real Decreto-ley 36/2020, de 30
de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia modificó los apartados 1 y 2 del artículo 91 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo,
para ampliar el objeto y ámbito de actuación del FES-CO2. Tras esta modificación, se
incluye en el objeto del FES-CO2 el fomento del desarrollo tecnológico para la
descarbonización y la resiliencia del clima en sectores clave de la economía y se amplía el
ámbito de actuación del FES-CO2 para poder financiar nuevas actuaciones acordes con
las obligaciones nacionales asumidas por España en materia de cambio climático,
desarrolladas en Real Decreto 986/2024, de 24 de septiembre, por el que se aprueba la
actualización del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2023-2030 y en la
Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética. De este modo,
el Fondo puede impulsar, además de actuaciones de reducción de emisiones, otras
actuaciones tales como aquellas que persigan la adaptación a los efectos del cambio
climático, el aumento de los sumideros de carbono o el apoyo a proyectos emblemáticos
de desarrollo tecnológico que tengan un potencial significativo para la descarbonización
del sector de generación eléctrica o de la industria.
Tanto el Acuerdo de París de 2015 como la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible, han marcado el inicio de una agenda que conlleva la transformación del
modelo económico y social para lograr la neutralidad climática a mediados de siglo y la
construcción de una mayor resiliencia a nivel global. A nivel europeo, el Pacto Verde
Europeo, aprobado en diciembre de 2019, ha establecido una nueva estrategia de
crecimiento de la Unión Europea situando la sostenibilidad en el centro de las políticas
europeas con el objetivo de hacer de la Unión Europea el primer continente
climáticamente neutro en el año 2050. Dicho objetivo ha sido recogido en la Ley Europea
del Clima conformada por el Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 30 de junio de 2021, por el que se establece el marco para lograr la
neutralidad climática y se modifican los Reglamentos (CE) n.º 401/2009 y
(UE) 2018/1999, y ha sido desarrollado posteriormente a través de un ambicioso
conjunto de expedientes legislativos conocido como paquete de medidas «Objetivo 55»,
que marcan una senda inequívoca de transformación que busca reducir las emisiones
netas de gases de efecto invernadero de la Unión Europea en al menos un 55 %
para 2030, con respecto a los valores de 1990. Para alcanzarlo, tanto los ecosistemas
naturales como las actividades industriales deben contribuir a eliminar CO2 de la

cve: BOE-A-2025-26026
Verificable en https://www.boe.es

26026

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