Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 19-12-2025
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-26084)
Resolución de 17 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa del registrador de la propiedad de Barakaldo que denegó la asignación del código de comercialización registral para alquileres de corta duración para una finca registral.
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Resolución de 17 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa del registrador de la propiedad de Barakaldo que denegó la asignación del código de comercialización registral para alquileres de corta duración para una finca registral.Núm. 304
Viernes 19 de diciembre de 2025
Sec. III. Pág. 169285
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
26084
Resolución de 17 de septiembre de 2025, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la
calificación negativa del registrador de la propiedad de Barakaldo que denegó
la asignación del código de comercialización registral para alquileres de corta
duración para una finca registral.
En el recurso interpuesto por doña P. H. A. contra la calificación negativa del
registrador de la Propiedad de Barakaldo, don Germán Barbier Gaminde, que denegó la
asignación del código de comercialización registral para alquileres de corta duración para
una finca registral.
Hechos
I
Don P. M. E. O. presentó en el Registro de la Propiedad de Barakaldo una instancia,
suscrita en Barakaldo el día 2 de julio de 2025, solicitando la asignación del código de
comercialización registral para alquileres de corta duración, sobre la finca número 56.231
de Barakaldo, código registral único 48015001055249.
II
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Barakaldo, fue objeto
de la siguiente nota de calificación:
«Conforme al artículo 18 de Ley Hipotecaria y concordantes, se ha procedido a la
Calificación Registral del precedente documento en base a los siguientes hechos y
fundamentos de derecho:
Primero: P. M. E. O. presenta a las quince horas y veintitrés minutos, una instancia
suscrita en Barakado [sic] el día dos de julio del año dos mil veinticinco por el que solicita
la asignación del código de comercialización registral para alquileres de corta duración,
sobre la finca número 56231 de Barakaldo, CRU: 48015001055249. Y que causó la
entrada entrada [sic] n.º 10609/2025, asiento 4196 del Diario 2025.
Segundo: Consultados los estatutos de la propiedad horizontal a la que pertenece la
citada finca, según resulta del Registro de la Propiedad, en la inscripción 5.ª, de
constitución del Régimen de Propiedad Horizontal del edificio residencial, sito en
Baracaldo, con un portal de entrada único que desemboca en un patio distribuidor y del
que parten seis núcleos de escaleras, señalados de izquierda a derecha con los
números (…) de Barakaldo, inscrito bajo el número de finca 55.695 y del que forma parte
la finca 56231 de Barakaldo, CRU: 48015001055249, sobre la que se solicita la
asignación del código de comercialización. normas de comunidad, consta en el apartado
E) prohibiciones: «3. No podrán ser ejercidas dentro de una vivienda bien por el
propietario o bien por el ocupante, actividades comerciales, industriales, de hospedaje u
hostelería, salvo acuerdo expreso de la Junta de Propietarios. Dicho acuerdo deberá
tomarse con el voto a favor del cien por cien de los propietarios», cuya fecha de
inscripción veintiséis de abril de dos mil trece, por tanto, anterior al ejercicio de la
cve: BOE-A-2025-26084
Verificable en https://www.boe.es
Hechos.
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