Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 19-12-2025
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. . III. Otras disposiciones. Avocación de competencias. (BOE-A-2025-26075)
Resolución de 4 de diciembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, de avocación de competencias para la firma del Protocolo General de Actuación con la Unión General de Trabajadores y Trabajadoras, las Comisiones Obreras, la Confederación Española de Organizaciones Empresariales y la Confederación Española de Pequeña y Mediana Empresa.
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Resolución de 4 de diciembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, de avocación de competencias para la firma del Protocolo General de Actuación con la Unión General de Trabajadores y Trabajadoras, las Comisiones Obreras, la Confederación Española de Organizaciones Empresariales y la Confederación Española de Pequeña y Mediana Empresa.Núm. 304
Viernes 19 de diciembre de 2025
Sec. III. Pág. 169207
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
26075
Resolución de 4 de diciembre de 2025, de la Secretaría de Estado de
Cooperación Internacional, de avocación de competencias para la firma del
Protocolo General de Actuación con la Unión General de Trabajadores y
Trabajadoras, las Comisiones Obreras, la Confederación Española de
Organizaciones Empresariales y la Confederación Española de Pequeña y
Mediana Empresa.
De acuerdo con lo establecido en el artículo undécimo, a), 2.º de la Orden
AUC/462/2021, de 28 de abril, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de
delegación de competencias, la competencia para la celebración de protocolos con
entidades públicas, y con personas físicas y jurídicas, por importes inferiores
a 500.000,00 euros, está actualmente delegada en la Dirección del Gabinete de la
Secretaría de Estado.
La delegación de competencias contenida en dicha orden ha de entenderse sin
perjuicio de la facultad de que el órgano delegante, en este caso la Secretaría de Estado,
avoque para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda a
sus órganos administrativos dependientes, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 10.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
antes citada.
La relevancia del Protocolo General de Actuación entre la Secretaría de Estado de
Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación y la Unión General de Trabajadores y Trabajadoras, las Comisiones Obreras,
la Confederación Española de Organizaciones Empresariales y la Confederación
Española de Pequeña y Mediana Empresa, aconsejan que la competencia para la firma de
dicho Protocolo General de Actuación sea avocada por esta Secretaría de Estado.
En su virtud, y al amparo de lo dispuesto en la normativa citada y demás de general
aplicación dispongo:
Primero.
Avocar para mí la competencia delegada en la Dirección del Gabinete de esta
Secretaría de Estado para la firma del Protocolo General de Actuación entre la
Secretaría de Estado de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación y la Unión General de Trabajadores y Trabajadoras, las
Comisiones Obreras, la Confederación Española de Organizaciones Empresariales y la
Confederación Española de Pequeña y Mediana Empresa.
La presente resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 4 de diciembre de 2025.–La Secretaria de Estado de Cooperación Internacional,
Eva Granados Galiano.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-26075
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
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