Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 27-12-2025
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-26792)
Resolución de 29 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Callosa de Segura a certificar literalmente el historial de una finca.
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Resolución de 29 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Callosa de Segura a certificar literalmente el historial de una finca.Núm. 312
Sábado 27 de diciembre de 2025
Sec. III. Pág. 176726
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
26792
Resolución de 29 de septiembre de 2025, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
de la registradora de la propiedad de Callosa de Segura a certificar
literalmente el historial de una finca.
En el recurso interpuesto por don L. A. M. S. contra la negativa de la registradora de
la Propiedad de Callosa de Segura, doña Aurora Cerón Ripoll, a certificar literalmente el
historial de una finca.
Hechos
I
Mediante escrito, de fecha 3 de junio de 2025, don L. A. M. S. solicitaba la expedición
de la certificación literal de todo el historial de la finca registral número 2.680 del Registro
de la Propiedad de Callosa de Segura.
II
Presentada el día 4 de junio de 2025 dicha solicitud en el Registro de la Propiedad
de Callosa de Segura, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Calificado desfavorablemente el documento que antecede y complementarios, de
conformidad con los artículos 18, 19 y 19 bis de la Ley Hipotecaria, se deniega la
solicitud a que el mismo se refiere por las siguientes causas impeditivas, basadas en los
siguientes hechos y fundamentos de Derecho:
1. El documento que antecede consiste en una solicitud de certificación literal de la
registral 2680 del término de Callosa de Segura suscrita por D. L. A. M., titular del
DNI/NIF (…) en fecha tres de junio de dos mil veinticinco, que fue presentada en este
Registro a las catorce horas y veintidós minutos del día cuatro de junio de dos mil
veinticinco, bajo el asiento 1538 del diario electrónico 2025.
2. En dicho escrito D. L. A. M. manifiesta que “en el marco de una investigación
personal relativa al historial jurídico de la finca registral 2.680 de Callosa de Segura (de
la cual ya obtuvo nota simple), le interesa conocer el origen y las transmisiones
anteriores, y que con la finalidad de analizar los antecedentes registrales de la finca. en
particular los títulos anteriores de adquisición, no con fines especulativos ni comerciales”,
solicita la expedición de certificación literal de la referida finca, inscrita a nombre de D. C.
M. G. S. y de D. D. G. S.
2. [sic].–No es posible la expedición de la certificación literal solicitada: las razones/
interés alegados por el solicitante como causa y finalidad de su consulta (“investigación
personal” y “analizar antecedentes registrales de la finca”) no son suficientes para obtener
la información deseada, ya que no resulta acreditado el interés directo, conocido, legítimo
y patrimonial exigido por la Ley para obtener la información registral con el contenido,
extensión y forma solicitada, y entre las finalidades institucionales del Registro de la
Propiedad no figura la investigación privada de datos no patrimoniales contenidos en los
asientos del Registro, si no es cumpliendo estrictamente con la protección de datos.
cve: BOE-A-2025-26792
Verificable en https://www.boe.es
Hechos:
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