Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 31-12-2025

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Boletín Oficial del Estado
31/12/2025

Comunidad de Castilla y León. . I. Disposiciones generales. Bonificaciones fiscales. (BOE-A-2025-27120)

Ley 2/2025, de 1 de diciembre, de bonificaciones fiscales de las tasas veterinarias, de las tasas de caza y pesca y de la tasa por expedición de los certificados de profesionalidad, acreditaciones parciales acumulables y expedición de duplicados.

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Ley 2/2025, de 1 de diciembre, de bonificaciones fiscales de las tasas veterinarias, de las tasas de caza y pesca y de la tasa por expedición de los certificados de profesionalidad, acreditaciones parciales acumulables y expedición de duplicados.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315

Miércoles 31 de diciembre de 2025

Sec. I. Pág. 180148

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
27120

Ley 2/2025, de 1 de diciembre, de bonificaciones fiscales de las tasas
veterinarias, de las tasas de caza y pesca y de la tasa por expedición de los
certificados de profesionalidad, acreditaciones parciales acumulables y
expedición de duplicados.

Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y
yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 25.5
del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente ley:

La Ley 2/2023, de 9 de noviembre, de bonificaciones fiscales de tasas veterinarias,
estableció una bonificación del 95 % sobre la cuota de la tasa por prestación de servicios
veterinarios, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025.
Adicionalmente, estableció una prórroga durante los ejercicios 2024 y 2025 de la
bonificación del 100 % sobre la cuota de las tasas por las licencias de caza de las
clases A y B y por la licencia de pesca, aprobada inicialmente en la disposición adicional
primera de la Ley 2/2022, de 1 de diciembre, de rebajas tributarias en la Comunidad
de Castilla y León.
Tomando en consideración que a día de hoy continúan existiendo numerosos
condicionantes, como el elevado precio de las materias primas o el incremento de costes
que pueden provocar las nuevas tensiones geopolíticas o las nuevas regulaciones
medioambientales, que pueden afectar negativamente a la viabilidad de las
explotaciones ganaderas, revirtiendo los efectos beneficiosos alcanzados con estas
bonificaciones, se entiende plenamente justificado dar continuidad a la bonificación de
estas tasas durante los dos próximos ejercicios 2026 y 2027.
Por lo que respecta a la bonificación de las tasas de caza y pesca, visto el impacto
beneficioso que están generando en el medio rural de la comunidad, en su desarrollo
económico y en la mejora de la calidad de vida de sus habitantes, avalado por la elevada
aceptación que estas bonificaciones han tenido y muestra de cual, es que en 2024 el
número de personas con estas licencias más que duplica el de los años previos a 2022,
personas residentes no solo en Castilla y León, sino también en otras partes del territorio
nacional, que se desplazan al medio rural para practicar estas actividades de la caza y
pesca, resulta igualmente conveniente prorrogar la bonificación de estas tasas también
durante los ejercicios 2026 y 2027.
Por último, uno de los instrumentos que se están demostrando útiles para apoyar el
desarrollo económico de Castilla y León a través de la formación e inserción laboral de
sus ciudadanos, a la vez que atiende la demanda existente de profesionales en
determinados sectores, son los certificados de profesionalidad, que avalan que un
trabajador ha adquirido un conjunto de competencias que le capacitan para el desarrollo
de una actividad reconocida en el mercado laboral, facilitándoles la búsqueda o la mejora
de empleo.
La exención de tasa por expedición de certificados de profesionalidad, acreditaciones
parciales acumulables y expedición de duplicado, prevista en la disposición adicional
primera de la Ley 4/2024, de 9 de mayo, de medidas tributarias, financieras y
administrativas, finaliza el próximo 31 de diciembre de 2025, resultando plenamente
justificado extenderla hasta la finalización del ejercicio 2027.

cve: BOE-A-2025-27120
Verificable en https://www.boe.es

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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