Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 09-01-2026
Comunidad Autónoma de Las Illes Balears. . I. Disposiciones generales. Medidas urgentes. (BOE-A-2026-487)
Decreto-ley 8/2025, de 5 de diciembre, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears.
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Decreto-ley 8/2025, de 5 de diciembre, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears.Núm. 8
Viernes 9 de enero de 2026
Sec. I. Pág. 3208
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
487
Decreto-ley 8/2025, de 5 de diciembre, de medidas urgentes para acelerar
proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las
Illes Balears.
PREÁMBULO
El año 2025 se desarrolla en un contexto de crecimiento global moderado pero
desigual entre países, marcado por la persistencia de riesgos geopolíticos, comerciales y
financieros, así como por una elevada incertidumbre económica y política. De hecho, las
presiones a la baja dominan las perspectivas, con especial preocupación por la escalada
de las tensiones comerciales, el aumento de las barreras arancelarias y la incertidumbre
sobre las políticas comerciales de Estados Unidos. A esto se añaden ajustes a los
mercados financieros que podrían frenar aún más las perspectivas de crecimiento a
corto y medio plazo. En este escenario, las previsiones de crecimiento global han sido
revisadas a la baja respecto a las estimaciones iniciales de 2025.
Según las previsiones de la Dirección General de Economía y Estadística, se prevé
que la economía de las Islas Baleares aumentará el valor añadido bruto un 2,7 % en el
año 2025. Teniendo en cuenta que en 2024 se alcanzaron cifras récord en términos
turísticos y de actividad económica general (con un crecimiento del 4,0 %), mantener un
crecimiento cercano al 3 % representa un alto nivel de dinamismo, especialmente si se
compara con las variaciones del PIB de los países de la zona euro y del resto de
comunidades autónomas. En general, se prevé que el crecimiento balear se situará por
encima del de las principales economías desarrolladas.
No obstante, el artículo 138 de la Constitución española de 1978 reconoce la
insularidad como un hecho diferencial que debe ser considerado especialmente a la hora
de establecer un equilibrio económico justo entre los territorios del Estado, en
cumplimiento efectivo del principio de solidaridad interterritorial. En la misma línea, el
Parlamento Europeo, en una resolución de 7 de junio de 2022, señala que las islas
sufren a menudo numerosas desventajas estructurales permanentes, como el tamaño
reducido –las Baleares son la región más pequeña de España–, la doble o triple
insularidad –con la necesidad de servicios públicos en cada isla–, la presión demográfica
–tanto permanente como estacional–, la dependencia del transporte marítimo y aéreo, la
concentración en pocas actividades industriales o agrícolas, las limitaciones del mercado
laboral –con déficit de profesionales–, la necesidad de importar casi el 90 % de las
materias primas y los productos de consumo, y las dificultades de acceso a una vivienda
asequible, entre otros.
Estos factores limitan claramente el desarrollo de las actividades industriales y
agrícolas, que han perdido peso en la economía balear en favor de un sector de servicios
y turístico en crecimiento, que debe atender a casi 19 millones de visitantes anuales sin
comprometer la sostenibilidad territorial, ambiental y social. Esta estructura económica
mostró su vulnerabilidad durante la pandemia de la COVID-19, cuando el PIB cayó
un 23 %, el doble que en España y cuatro veces más que en la Unión Europea (UE).
Ante esta realidad, se hace imprescindible adoptar medidas urgentes, claras y
decididas que reequilibren estas circunstancias y hagan las Islas Baleares más
resilientes ante los grandes retos actuales. Hay que conciliar el mantenimiento del sector
turístico con una reducción de los costes derivados de la insularidad y con el fomento de
sectores económicos alternativos, especialmente en el ámbito de las nuevas tecnologías
cve: BOE-A-2026-487
Verificable en https://www.boe.es
I
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