Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 13-01-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-722)
Resolución de 24 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Málaga n.º 12, por la que se suspende la asignación de número de registro único de alquiler de corta duración de una finca registral por constar en los estatutos de la propiedad horizontal que «se prohíbe a cada propietario: Primero Instalar círculos académicos, pensiones o asociaciones en el que el número de sus miembros sea excesivo o molesten perturben la buena vecindad o tranquilidad de los vecinos».
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Resolución de 24 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Málaga n.º 12, por la que se suspende la asignación de número de registro único de alquiler de corta duración de una finca registral por constar en los estatutos de la propiedad horizontal que «se prohíbe a cada propietario: Primero Instalar círculos académicos, pensiones o asociaciones en el que el número de sus miembros sea excesivo o molesten perturben la buena vecindad o tranquilidad de los vecinos».Núm. 11
Martes 13 de enero de 2026
Sec. III. Pág. 5590
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
722
Resolución de 24 de septiembre de 2025, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación del registrador de la propiedad de Málaga n.º 12, por la que se
suspende la asignación de número de registro único de alquiler de corta
duración de una finca registral por constar en los estatutos de la propiedad
horizontal que «se prohíbe a cada propietario: Primero Instalar círculos
académicos, pensiones o asociaciones en el que el número de sus miembros
sea excesivo o molesten perturben la buena vecindad o tranquilidad de los
vecinos».
En el recurso interpuesto por don D. B. B., en representación de la entidad
«Inverancora, SL», contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de
Málaga número 12, don José Ignacio Marquina Sánchez, por la que se suspende la
asignación de número de registro único de alquiler de corta duración de una finca
registral por constar en los estatutos de la propiedad horizontal que «se prohíbe a cada
propietario: Primero Instalar círculos académicos, pensiones o asociaciones en el que el
número de sus miembros sea excesivo o molesten perturben la buena vecindad o
tranquilidad de los vecinos».
Hechos
I
El día 5 de mayo de 2025, se presenta en el Registro de la Propiedad de Málaga
número 12 solicitud de asignación de número de registro de alquiler de corta duración de
uso turístico, causando el asiento 1.023 del Diario 2025. Se acompaña resolución de
inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía de fecha 7 de abril de 2022.
II
Dicha documentación fue objeto de calificación negativa, emitida el día 15 de mayo
de 2025, con base en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho:
La finca para la que se solicita la asignación de número de Registro de alquiler de
corta duración, registral 1075/B procede por división horizontal de la finca matriz 34682
del AC en cuya inscripción 3.ª de constitución del régimen de propiedad horizontal se
remite a los estatutos de la inscripción 3.ª de la finca 34680 del AC de fecha 1/09/1972
donde el artículo 11 señala: “El propietario de cada piso tiene el pleno uso de su parte sin
más limitaciones que las establecidas en las leyes, en estos Estatutos o en los acuerdos
de la Junta; especialmente se prohíbe a cada propietario: Primero Instalar círculos
académicos, pensiones o asociaciones en el que el número de sus miembros sea
excesivo o molesten perturben la buena vecindad o tranquilidad de los vecinos.”. La
fecha de la inscripción 3.ª de la finca 34680 es 1/09/1972 y la fecha de la Resolución de
cve: BOE-A-2026-722
Verificable en https://www.boe.es
«Hechos: Con fecha 05/05/2025 se presenta en este Registro de la Propiedad a mi
cargo el documento que se indica en la “referencia”, causando el asiento de
presentación 1023 del Libro Diario 2025. En el día de hoy, y dentro del plazo máximo
previsto en el artículo 18 LH es objeto de calificación desfavorable al observarse que:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 13-01-2026
Resolución de 4 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación For Jewish Heritage Spain.
Resolución de 10 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Iberoamericana por una Mejor Vejez.
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