Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 13-01-2026
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-756)
Resolución de 5 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con El Solete para el desarrollo de estancias formativas del Instituto de Educación Secundaria Abyla de Ceuta.
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Resolución de 5 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con El Solete para el desarrollo de estancias formativas del Instituto de Educación Secundaria Abyla de Ceuta.Núm. 11
Martes 13 de enero de 2026
Sec. III. Pág. 5888
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
756
Resolución de 5 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con El Solete para el desarrollo de estancias
formativas del Instituto de Educación Secundaria Abyla de Ceuta.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y El Solete, han
suscrito, con fecha 12 de diciembre de 2025, un convenio para el desarrollo de estancias
formativas del IES Abyla, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 5 de enero de 2026.–La Secretaria General Técnica, Laura Manzano Palomo.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
y El Solete, para el desarrollo de estancias formativas
REUNIDAS
En Ceuta, a fecha de firma.
De una parte, don Juan Ángel Otaola Fuica, con DNI ***8296**, como Director del
Centro Educativo IES Abyla, localizado en la ciudad autónoma de Ceuta, en avenida
Barcelona S/N, CP 51002, con NIF Q1168033G, teléfono: 856205200, e-mail:
ies.abyla@educeuta.es, actuando en nombre del Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes como Administración educativa de las ciudades autónomas de
Ceuta y Melilla en base a la delegación de competencias establecida en el artículo 5.8 de
la Orden EFD/335/2025, de 3 de abril, sobre fijación de límites para la administración de
determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
Y, de otra parte, doña María del Mar Pérez Santos, con DNI ***8526**, como
representante legal de la empresa o entidad colaboradora: El Solete localizada en Ceuta
provincia de Ceuta en calle Simoa 11D, CP 51001, con NIF B51036838,
teléfono: 956511491, e-mail: soleteceuta@gmail.com.
EXPONEN
1.º Que el artículo 42.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación (LOE), que el
artículo 66.4 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de
la Formación Profesional y que el artículo 9.4 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio,
por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, regulan la
fase de formación en centros de trabajo de carácter no laboral.
2.º Que el artículo 82.1 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación
e integración de la Formación Profesional establece que las empresas u organismos
cve: BOE-A-2026-756
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y
manifiestan que tienen la capacidad legal necesaria y competencia suficiente para
suscribir el presente convenio
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