Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 14-01-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-806)
Resolución de 1 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra las notas de calificación de la registradora de la propiedad de Málaga n.º 4, por la que se suspende la asignación de dos números de registro único de alquiler de corta duración turístico porque las viviendas respecto de la que se solicita la mencionada asignación están inscritas a nombre de persona distinta de quien figura como titular en el Registro de Turismo de Andalucía.
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Resolución de 1 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra las notas de calificación de la registradora de la propiedad de Málaga n.º 4, por la que se suspende la asignación de dos números de registro único de alquiler de corta duración turístico porque las viviendas respecto de la que se solicita la mencionada asignación están inscritas a nombre de persona distinta de quien figura como titular en el Registro de Turismo de Andalucía.Núm. 12
Miércoles 14 de enero de 2026
Sec. III. Pág. 6192
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
806
Resolución de 1 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra las notas de
calificación de la registradora de la propiedad de Málaga n.º 4, por la que se
suspende la asignación de dos números de registro único de alquiler de corta
duración turístico porque las viviendas respecto de la que se solicita la
mencionada asignación están inscritas a nombre de persona distinta de quien
figura como titular en el Registro de Turismo de Andalucía.
En el recurso interpuesto por don C. H. R., en nombre y representación de la
mercantil «Holding Alicarpi, SL», contra las notas de calificación de la registradora de la
Propiedad de Málaga número 4, doña María Luisa Vozmediano Rodríguez, por la que se
suspende la asignación de dos números de registro único de alquiler de corta duración
turístico porque las viviendas respecto de la que se solicita la mencionada asignación
están inscritas a nombre de persona distinta de quien figura como titular en el Registro
de Turismo de Andalucía.
Hechos
I
El día 16 de junio de 2025, se presentaron en el Registro de la Propiedad de Málaga
número 4 dos solicitudes de asignación de número de registro de alquiler de corta
duración turístico para las fincas registrales número 17.542 y 17.544.
II
Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Málaga
número 4, fueron objeto de las siguientes notas de calificación idénticas:
«Hechos.
En la instancia calificada, se solicita la asignación de número de Registro de
Alquileres de corta duración sobre la finca registral número 17.542/A, con CRU
29022000704905; observándose que la resolución habilitante que se aporta no está
actualizada de conformidad con las exigencias del Real Decreto 1.312/2024, de 23 de
diciembre, y del Decreto 28/2016, de 2 de febrero, por el que se regulan en Andalucía las
viviendas de uso turístico.
Primero. De conformidad con el párrafo primero del artículo 18 de la Ley
Hipotecaria, “los Registradores calificarán, bajo su responsabilidad, legalidad de las
formas extrínsecas de los documentos de toda clase, en cuya virtud se solicite la
inscripción, así como la capacidad de los otorgantes y la validez de los actos dispositivos
contenidos en las escrituras públicas, por lo que resulte de ellas y de los asientos del
Registro”. Este precepto recoge así, en su primer párrafo, el llamado principio hipotecario
de legalidad en su aspecto de calificación registral, que, en relación con los documentos
judiciales, contempla el artículo 100 del Reglamento Hipotecario y, en cuanto a los
administrativos, el artículo 99 del mismo texto reglamentario.
cve: BOE-A-2026-806
Verificable en https://www.boe.es
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