Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 27-01-2026

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Boletín Oficial del Estado
27/01/2026

Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. . I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2026-1919)

Acuerdo internacional administrativo (AIA) en aplicación del instrumento de ratificación del Convenio de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, firmado en París el 14 de diciembre de 1960 entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España y la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, hecho en Madrid y París el 9 y 22 de diciembre de 2025.

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Contenido de la primera página

Acuerdo internacional administrativo (AIA) en aplicación del instrumento de ratificación del Convenio de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, firmado en París el 14 de diciembre de 1960 entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España y la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, hecho en Madrid y París el 9 y 22 de diciembre de 2025.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24

Martes 27 de enero de 2026

Sec. I. Pág. 13095

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
1919

Acuerdo internacional administrativo (AIA) en aplicación del instrumento de
ratificación del Convenio de la Organización para la Cooperación y Desarrollo
Económico, firmado en París el 14 de diciembre de 1960 entre la Agencia
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo del Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España y la
Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, hecho en Madrid
y París el 9 y 22 de diciembre de 2025.

ACUERDO INTERNACIONAL ADMINISTRATIVO (AIA) EN APLICACIÓN
DEL INSTRUMENTO DE RATIFICACIÓN DEL CONVENIO DE LA ORGANIZACIÓN
PARA LA COOPERACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO, FIRMADO EN PARÍS
EL 14 DE DICIEMBRE DE 1960, ENTRE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN
INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO DEL MINISTERIO DE ASUNTOS
EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN DEL REINO DE ESPAÑA
Y LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO
De una parte, el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para
el Desarrollo (AECID), agencia estatal adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación del Reino de España (en adelante, la AECID), en ejercicio de las
competencias delegadas por la Presidencia de la AECID, por Resolución de 2 de julio
de 2009 (BOE de 30 de julio de 2009).
De otra parte, la directora del Centro de Desarrollo, la directora ejecutiva de la
Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos y la Responsable del grupo
de gestión de contribuciones voluntarias de la Organización para la cooperación y
desarrollo económico (en adelante, la OCDE) en nombre y representación de la OCDE;

Que la Cooperación Española ha venido apoyando los objetivos y el trabajo que la
OCDE ha desarrollado en los últimos años.
Que la OCDE es una organización internacional cuya misión es concebir mejores
políticas para vidas mejores y cuyo objetivo es promover políticas que favorezcan la
prosperidad, la igualdad, las oportunidades y el bienestar de las personas alrededor del
mundo; así la OCDE ayuda a los gobiernos a combatir la pobreza a través del
crecimiento económico, la estabilidad financiera, el comercio, la inversión, la tecnología,
la innovación, el estímulo empresarial y la cooperación para el desarrollo.
Que la AECID va a realizar una contribución voluntaria de 600.000 euros
(Seiscientos mil euros) a la OCDE, autorizada por el Consejo de Ministros el 15 de abril
de dos mil veinticinco (en adelante, la «contribución»), que se formalizará por resolución
y a cuyo seguimiento se refiere el presente acuerdo.
Este importe será pagado en su totalidad a recepción de una factura de la OCDE.
Este importe incluirá un 6,48 % de gastos indirectos, calculados de conformidad con
la metodología vigente en el marco de la política de referencia del organismo sobre
recuperación de gastos.

cve: BOE-A-2026-1919
Verificable en https://www.boe.es

EXPONEN

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 27-01-2026

Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . I. Disposiciones generales. Energía eléctrica. (BOE-A-2026-1920)

Orden TED/30/2026, de 26 de enero, por la que se establecen parámetros técnicos y económicos a emplear en el cálculo de la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica en los territorios no peninsulares con régimen retributivo adicional durante el periodo regulatorio 2026-2031.

Ministerio Del Interior. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-1996)

Resolución de 22 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Méntrida, en materia de seguridad.

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Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2026-2012)

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