Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 29-01-2026
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. . III. Otras disposiciones. Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación. (BOE-A-2026-2135)
Resolución de 23 de enero de 2026, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se modifica la de 14 de noviembre de 2023, por la que se crean las Comisiones de acreditación que valoran los méritos y competencias en el procedimiento de acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.
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Resolución de 23 de enero de 2026, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se modifica la de 14 de noviembre de 2023, por la que se crean las Comisiones de acreditación que valoran los méritos y competencias en el procedimiento de acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.Núm. 26
Jueves 29 de enero de 2026
Sec. III. Pág. 14298
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Resolución de 23 de enero de 2026, de la Agencia Nacional de Evaluación de
la Calidad y Acreditación, por la que se modifica la de 14 de noviembre de
2023, por la que se crean las Comisiones de acreditación que valoran los
méritos y competencias en el procedimiento de acreditación estatal para el
acceso a los cuerpos docentes universitarios.
Por Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Agencia Nacional de Evaluación
de la Calidad y Acreditación, por la que se crean las comisiones de acreditación que
valoran los méritos y competencias en el procedimiento de acreditación estatal para el
acceso a los cuerpos docentes universitarios (BOE de 22 de noviembre de 2023), se
crearon las comisiones de acreditación previstas por el Real Decreto 678/2023, de 18 de
julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes
universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos. En
concreto, se crearon treinta (30) comisiones, en sustitución de las veintiún (21)
existentes, tras la preceptiva aprobación por el Ministro de Universidades de la propuesta
de creación, mediante la orden comunicada de fecha 14 de noviembre de 2023. La
determinación de las comisiones, integradas por las áreas de conocimiento que figuran
en el anexo de la resolución, se realizó en atención a afinidades materiales y promedio
mensual de presentación de solicitudes.
En la citada Resolución de 14 de noviembre de 2023, en atención a estos criterios,
se distribuyeron las áreas de Ciencias de la Salud en cuatro comisiones: Comisión 6.
Ciencias Biomédicas, Comisión 7. Medicina Clínica, Comisión 8. Especialidades
Sanitarias I y Comisión 9. Especialidades Sanitarias II. Las áreas de Microbiología,
Parasitología y Toxicología se asignaron a la Comisión 6. Ciencias Biomédicas, que
estaba integrada por 10 áreas de conocimiento en total: además de las indicadas,
Anatomía Patológica, Anatomía y Embriología Humana, Farmacia y Tecnología
Farmacéutica, Farmacología, Fisiología, Histología e Inmunología. En el tiempo
transcurrido desde la creación de estas comisiones, se ha advertido que el número de
solicitudes presentadas en la Comisión 6 duplica el número de solicitudes presentadas
en la Comisión 9. Especialidades Sanitarias II, compuesta por 5 áreas que también
pueden considerarse afines a las tres anteriormente referidas (Microbiología,
Parasitología y Toxicología): Medicina Preventiva y Salud Pública, Anatomía y Anatomía
Patológica Comparadas, Medicina y Cirugía Animal, Nutrición y Bromatología y Sanidad
Animal. El tiempo de resolución de las solicitudes de una y otra comisión refleja ese
desequilibrio, por lo que procede corregirlo con una reasignación de áreas de
conocimiento de las comisiones de acreditación 6 y 9.
El artículo 6.2 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, dispone que «La creación y
supresión de las comisiones se realizarán por la persona titular de la dirección de
ANECA, que asimismo indicará qué especialidades de conocimiento se asignan a cada
comisión. Igualmente, si fuese necesario para un más adecuado funcionamiento de las
comisiones, la persona titular de la dirección de ANECA podrá realizar cuantos cambios
sean necesarios en su composición y en la asignación de las especialidades a cada una
de ellas. Las correspondientes resoluciones de creación, modificación o supresión se
publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».
De conformidad con este precepto, y para garantizar un más adecuado
funcionamiento de las comisiones afectadas por ese desequilibrio del número de
solicitudes, procede disponer la asignación a la Comisión 9. Especialidades Sanitarias II,
de tres áreas de conocimiento asignadas inicialmente a la Comisión 6. Ciencias
Biomédicas: Microbiología, Parasitología y Toxicología. Por ello, serán nombrados
cve: BOE-A-2026-2135
Verificable en https://www.boe.es
2135
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 29-01-2026
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