Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 11-02-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-3183)
Resolución de 17 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad interina de Benalmádena n.º 2, por la que se suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de corta duración turístico por constar en los estatutos de la propiedad horizontal que «no podrá ejercerse ningún comercio en ninguna parte del inmueble, que no sean las partes que han sido especialmente concebidas, con vistas a permitir una actividad comercial definida».
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Resolución de 17 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad interina de Benalmádena n.º 2, por la que se suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de corta duración turístico por constar en los estatutos de la propiedad horizontal que «no podrá ejercerse ningún comercio en ninguna parte del inmueble, que no sean las partes que han sido especialmente concebidas, con vistas a permitir una actividad comercial definida».Núm. 37
Miércoles 11 de febrero de 2026
Sec. III. Pág. 21919
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
3183
Resolución de 17 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad interina de Benalmádena n.º 2, por la que
se suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de
corta duración turístico por constar en los estatutos de la propiedad horizontal
que «no podrá ejercerse ningún comercio en ninguna parte del inmueble, que
no sean las partes que han sido especialmente concebidas, con vistas a
permitir una actividad comercial definida».
En el recurso interpuesto por doña C. V. G. contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad interina de Benalmádena número 2, doña María Virginia
Salto Téllez, por la que se suspende la asignación de un número de registro único de
alquiler de corta duración turístico por constar en los estatutos de la propiedad horizontal
que «no podrá ejercerse ningún comercio en ninguna parte del inmueble, que no sean
las partes que han sido especialmente concebidas, con vistas a permitir una actividad
comercial definida».
Hechos
I
El día 9 de junio de 2025, se presentó en el Registro de la Propiedad de
Benalmádena número 2 una solicitud de asignación de número de registro de alquiler de
corta duración turístico.
II
Presentada dicha solicitud en el Registro de la Propiedad de Benalmádena
número 2, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Visto por María Virginia Salto Téllez, Registrador/a interino del Registro de la
Propiedad de Benalmádena n.º 2, Provincia de Málaga, el procedimiento registral
identificado con el número de entrada 8397 del presente año, iniciado como
consecuencia de presentación en el mismo Registro, de los documentos que se dirán, en
virtud de solicitud de inscripción.
En el ejercicio de la calificación registral sobre la legalidad de los documentos
presentados, obrantes en el procedimiento de referencia, resultan los siguientes:
Se presenta, en este Registro de la Propiedad a mi cargo, una solicitud de
asignación de número de Registro de Alquiler de Corta Duración, respecto de la finca
registral con C.R.U. 29035000078877 o finca registral número 23799 del Registro de la
Propiedad Número Dos de Benalmádena, por V. A. P. a las 19:04:30 horas del
día 09/06/2025, Número: 8397 del Libro de Entrada, Asiento: 4020/2025 del Libro Diario
de Operaciones. Se acompaña resolución de inscripción en el Registro de Turismo de
Andalucía de fecha diecisiete de junio del año dos mil veintiuno.
cve: BOE-A-2026-3183
Verificable en https://www.boe.es
Hechos.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 11-02-2026
Real Decreto-ley 4/2026, de 10 de febrero, por el que se garantiza la accesibilidad equitativa a bienes y servicios en situaciones de emergencia.
Resolución de 14 de enero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Innovatec Humania.
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