Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 18-02-2026
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. . I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2026-3734)
Acuerdo concerniente al reconocimiento de la formación y titulación para la gente de mar procedente del Perú entre la Dirección General de Capitanías y Guardacostas en representación del Gobierno del Perú y la Dirección General de la Marina Mercante en representación del Gobierno de España, hecho en Madrid y Lima el 30 de julio de 2002.
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Acuerdo concerniente al reconocimiento de la formación y titulación para la gente de mar procedente del Perú entre la Dirección General de Capitanías y Guardacostas en representación del Gobierno del Perú y la Dirección General de la Marina Mercante en representación del Gobierno de España, hecho en Madrid y Lima el 30 de julio de 2002.Núm. 43
Miércoles 18 de febrero de 2026
Sec. I. Pág. 25014
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
3734
Acuerdo concerniente al reconocimiento de la formación y titulación para la
gente de mar procedente del Perú entre la Dirección General de Capitanías y
Guardacostas en representación del Gobierno del Perú y la Dirección
General de la Marina Mercante en representación del Gobierno de España,
hecho en Madrid y Lima el 30 de julio de 2002.
ACUERDO CONCERNIENTE AL RECONOCIMIENTO DE LA FORMACIÓN Y TITULACIÓN
PARA LA GENTE DE MAR PROCEDENTE DEL PERÚ ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE CAPITANÍAS Y GUARDACOSTAS EN REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO
DEL PERÚ Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA
MERCANTE EN REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE ESPAÑA
La Dirección General de Capitanías y Guardacostas en representación del Gobierno
del Perú y la Dirección General de la Marina Mercante en representación del Gobierno
de España, denominados en adelante las «Partes», de acuerdo con lo dispuesto en la
Regla 1/2 y I/10 del «Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y
Guardia para la Gente de Mar» de 1978, con sus respectivas enmiendas de 1995
(denominado posteriormente el «Convenio STCW 78/95», y de acuerdo con lo previsto
en el «Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar» (denominado
posteriormente el «Código STCW») acuerdan lo que se indica a continuación:
1. La Dirección General de Capitanías y Guardacostas es la Parte cuyos Títulos se
deben reconocer mediante refrendo y la Dirección General de la Marina Mercante es la
Parte que expide los refrendos de los certificados de competencia como prueba de su
reconocimiento.
La condición previa necesaria para la expedición de los refrendos de los certificados
de competencia por parte de la Dirección General de la Marina Mercante es posterior a
la confirmación por parte del Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima
Internacional (OMI), de que la Dirección General de Capitanías y Guardacostas da fiel
cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Convenio STCW 78/95.
2. Los Funcionarios de las Partes responsables de la ejecución del acuerdo son:
Capitán de Navío SGC, Carlos Fernández Guichard.
Director de Control de Intereses Acuáticos.
Jirón Independencia, 150.
Callao.
Lima-Perú.
Los funcionarios antes señalados pueden designar a una o más personas para llevar
a cabo cualquier tarea relacionada con este acuerdo, y en esos casos, deberán poner en
conocimiento de la otra. Parte los nombres, puestos y detalles de contacto de las
personas designadas, por medio de telefax, correo electrónico o cualquier otro medio.
cve: BOE-A-2026-3734
Verificable en https://www.boe.es
Don Manuel Nogueira Romero.
Subdirector General de Tráfico, Seguridad y Contaminación Marítima.
Calle Ruiz de Alarcón, 1.
28014 Madrid.
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