Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 18-02-2026

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Boletín Oficial del Estado
18/02/2026

Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. . III. Otras disposiciones. Vehículos a motor. Seguros. (BOE-A-2026-3803)

Resolución de 3 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

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Resolución de 3 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43

Miércoles 18 de febrero de 2026

Sec. III. Pág. 25492

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
3803

Resolución de 3 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguros y
Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las
indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y
perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

El texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de
vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre,
establece en su artículo 49.1 que las cuantías indemnizatorias del sistema para la
valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de
circulación fijadas en ella, quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero
de cada año, en el porcentaje del índice general de precios al consumo correspondiente
al año natural inmediatamente anterior.
A tal efecto, el párrafo segundo del citado artículo 49.1 establece que la Comisión de
Seguimiento del Sistema de Valoración realizará los cálculos a los que se refiere el
párrafo anterior y estos se harán públicos por Resolución de la Dirección General de
Seguros y Fondos de Pensiones en los sitios web del Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes y de la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones para facilitar su conocimiento y aplicación.
De acuerdo con los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística, el índice
general de precios al consumo correspondiente al año 2025, que resulta aplicable para la
actualización de las cuantías indemnizatorias vigentes en el año 2026, asciende al 2,9
por ciento. En consecuencia y en aplicación de lo dispuesto en el párrafo segundo del
artículo 49.1 del texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la
Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29
de octubre,
Esta Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones acuerda hacer públicas
en su Portal de internet http://www.dgsfp.mineco.gob.es/, las cuantías indemnizatorias
aplicables durante el año 2026, una vez actualizadas conforme al citado porcentaje.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada en el plazo de un mes, que podrá presentarse ante la Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones o ante la Secretaría de Estado de Economía
y Apoyo a la Empresa, siendo este órgano el competente para resolverlo, de
conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2026-3803
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 3 de febrero de 2026.–El Director General de Seguros y Fondos de
Pensiones, José Antonio Fernández de Pinto.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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