Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 18-02-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-3776)
Resolución de 20 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Castro-Urdiales a la asignación de número de registro de alquiler de corta duración respecto de una finca.
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Resolución de 20 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Castro-Urdiales a la asignación de número de registro de alquiler de corta duración respecto de una finca.Núm. 43
Miércoles 18 de febrero de 2026
Sec. III. Pág. 25192
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
3776
Resolución de 20 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora de la propiedad de Castro-Urdiales a la asignación de número de
registro de alquiler de corta duración respecto de una finca.
En el recurso interpuesto por doña J. F. G., abogada, en nombre y representación de
doña Y. E. U., contra la negativa de la registradora de la Propiedad de Castro-Urdiales,
doña Ana Julia Marlasca Morante, a la asignación de número de registro de alquiler de
corta duración respecto de una finca.
Hechos
I
Mediante instancia presentada en el Registro de la Propiedad de Castro-Urdiales,
doña J. F. G., abogada, en nombre y representación de doña Y. E. U., solicitó la
asignación de número de registro de alquiler de corta duración para la finca registral
número 56.032. Se acompañaba a la solicitud resolución de la Dirección General de
Turismo y Hostelería de Cantabria de conformidad con la inscripción en el Registro
General de Empresas Turísticas.
II
Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Castro-Urdiales,
fue objeto de la siguiente nota de calificación:
1. Consultados los libros del Registro resulta que la finca 56032 de Castro Urdiales,
respecto a la que se ha solicitado la asignación de número de registro de alquiler de
corta duración, es uno de los elementos en los que ha sido dividida horizontalmente la
finca 48112 de Castro Urdiales. Consta en la inscripción 12.ª de modificación de
estatutos que se añade un nuevo artículo que queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 6.º–Se prohíbe el uso de las viviendas como alquiler turístico, vivienda de uso
turístico, o alojamiento turístico extrahotelero.”
Según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos el
arrendamiento de vivienda es aquel “arrendamiento que recae sobre una edificación
habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del
arrendatario” y dado que el destino a un alquiler turístico es un alojamiento temporal y no
un alojamiento habitacional a largo plazo que constituya un cambio de residencia, y en
base a la letra e) del artículo 5 de la LAU este tipo de contratos de arrendamiento
quedarían fuera del marco de la LAU, estando sujetos a las normas del Código Civil, y
cve: BOE-A-2026-3776
Verificable en https://www.boe.es
«De conformidad con lo previsto por el Real Decreto 1312/2024 para la asignación y
constancia del número de registro de alquiler de corta duración a una unidad de
alojamiento determinada se comunica la calificación desfavorable y la revocación del
código provisional referente a la solicitud de asignación de número de registro de alquiler
de corta duración, número de entrada 4003/2025.
Las causas de la denegación son las siguientes:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 18-02-2026
Resolución de 20 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Marbella n.º 3, por la que suspende la asignación de número de registro de alquiler turístico para una finca.
Resolución de 21 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador mercantil III de Sevilla, por la que suspende el depósito de las cuentas de una sociedad correspondiente al ejercicio 2023.
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