Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 09-03-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-5482)
Resolución de 26 de febrero de 2026, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga al Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, para facilitar el acceso a los servicios de podología a los mutualistas y beneficiarios.
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Resolución de 26 de febrero de 2026, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga al Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, para facilitar el acceso a los servicios de podología a los mutualistas y beneficiarios.Núm. 60
Lunes 9 de marzo de 2026
Sec. III. Pág. 35674
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
5482
Resolución de 26 de febrero de 2026, de la Mutualidad General Judicial, por
la que se publica la Adenda de modificación y prórroga al Convenio con el
Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, para facilitar el acceso
a los servicios de podología a los mutualistas y beneficiarios.
La Gerente del organismo autónomo Mutualidad General Judicial y la Presidenta del
Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos han suscrito, con fecha de 26 de
febrero de 2026, la «Primera Adenda de modificación y prórroga al Convenio entre el
Organismo Autónomo Mutualidad General Judicial (MUGEJU O.A.) y el Consejo General
de Colegios Oficiales de Podólogos para facilitar el acceso a los servicios de podología a
los mutualistas y beneficiarios del organismo autónomo».
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 26 de febrero de 2026.–La Gerente del Organismo Autónomo Mutualidad
General Judicial, P. S. (Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo), la Secretaria General,
María Beatriz Anguita Arjona.
ANEJO
Primera Adenda de modificación y prórroga al Convenio entre el Organismo
Autónomo Mutualidad General Judicial (MUGEJU O.A.) y el Consejo General
de Colegios Oficiales de Podólogos para facilitar el acceso a los servicios
de podología a los mutualistas y beneficiarios del organismo autónomo
De una parte, doña Juana María Gómez Valle, Gerente del Organismo Autónomo
Mutualidad General Judicial (en adelante, MUGEJU O.A.), nombrada por Acuerdo de la
Secretaría de Estado de Justicia de fecha 1 de febrero de 2024, en virtud de las
facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público y actuando en nombre y representación de
MUGEJU O.A., en uso de las competencias que le confiere el artículo 12.3, letra g), del
Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización de la estructura
orgánica de la Mutualidad General Judicial.
Y de otra parte, doña Elena Carrascosa Romero, actuando en nombre y
representación del Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, creado por la
Ley 3/1998, tras su nombramiento como Presidenta en las elecciones del 4 de octubre
de 2024, de acuerdo con las facultades que le confiere el artículo 7.1.ª) de la orden de 15
de diciembre de 1998 por la que se publican los Estatutos Provisionales del Consejo
General de Colegios Oficiales de Podólogos (en adelante, Consejo).
cve: BOE-A-2026-5482
Verificable en https://www.boe.es
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