Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 12-03-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-5793)
Resolución de 31 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de L'Hospitalet de Llobregat n.º 1, por la que suspende la cancelación de determinados asientos por haberse declarado la nulidad por abusiva de una cláusula de vencimiento anticipado.
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Resolución de 31 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de L'Hospitalet de Llobregat n.º 1, por la que suspende la cancelación de determinados asientos por haberse declarado la nulidad por abusiva de una cláusula de vencimiento anticipado.Núm. 63
Jueves 12 de marzo de 2026
Sec. III. Pág. 37690
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
5793
Resolución de 31 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de L'Hospitalet de Llobregat n.º 1, por la
que suspende la cancelación de determinados asientos por haberse
declarado la nulidad por abusiva de una cláusula de vencimiento anticipado.
En el recurso interpuesto por don F. J. G. F. C. y don C. M. G. L., en nombre y
representación de la entidad «Deutsche Bank, SAEU», contra la nota de calificación de
la registradora de la Propiedad de L’Hospitalet de Llobregat número 1, doña María del
Carmen Florán Cañadell, por la que suspende la cancelación de determinados asientos
por haberse declarado la nulidad por abusiva de una cláusula de vencimiento anticipado.
Hechos
I
Se presentaron en el Registro de la Propiedad de L’Hospitalet de Llobregat número 1
dos resoluciones judiciales y un documento privado de rogación: el primer documento
judicial era un auto judicial dictado el día 27 de mayo de 2021 por la Sección
Decimonona de la Audiencia Provincial de Barcelona, y por el que se revocaba
parcialmente el auto judicial que anulaba la cláusula de vencimiento anticipado de la
hipoteca con imposición de las costas al ejecutante en el sentido de anular la declaración
de costas; el segundo documento judicial era un auto dictado el día 24 de octubre
de 2019 por el Juzgado de Primera Instancia número 7 de L’Hospitalet de Llobregat que
resolvía la cuestión incidental de especial pronunciamiento, y por el cual se declaraba
nula la cláusula de vencimiento anticipado de la hipoteca y se imponían las costas
procesales a la entidad bancaria, y el tercer documento era un escrito de rogación por el
cual la entidad «Deutsche Bank, SAEU», como consecuencia de los anteriores
pronunciamientos judiciales, solicitaba la cancelación de la inscripción de dominio
resultante de la adjudicación acordada en el procedimiento d ejecución hipotecaria
número 978/2011, la cancelación del asiento cancelatorio de las cargas y la reinscripción
del dominio a favor de los deudores hipotecarios, la reinscripción de la hipoteca,
alegando que no había obtenido de la autoridad judicial mandamiento que ordenase la
práctica de los asientos registrales. El escrito invocaba la doctrina de las Resoluciones
de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 9 de enero de 2023 y 22
de mayo de 2025.
Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de L’Hospitalet de
Llobregat número 1, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Hechos:
El folio real tiene el siguiente historial jurídico:
Inscripción 3.ª: La Propiedad de una mitad indivisa de la finca pertenece A Doña A. M. M.
Inscripción 4.ª: la propiedad de la otra mitad indivisa de la finca pertenece a don D. M. M.
Inscripción 5.ª: Hipoteca constituida a favor de Deutsche Bank, SAE.
cve: BOE-A-2026-5793
Verificable en https://www.boe.es
II
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 12-03-2026
Resolución de 4 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 39 a practicar la inscripción de un acta de finalización de obra.
Resolución de 2 de marzo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IX Convenio colectivo intersocietario de Roca Corporación Empresarial, SA, y Roca Sanitario, SAU.
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