Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 31-03-2026
Comunidad Autónoma de La Rioja. . I. Disposiciones generales. Entidades locales menores. (BOE-A-2026-7298)
Ley 1/2026, de 18 de marzo, de disolución de la entidad local menor de Santa Lucía, en el municipio de Ocón.
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Ley 1/2026, de 18 de marzo, de disolución de la entidad local menor de Santa Lucía, en el municipio de Ocón.Núm. 79
Martes 31 de marzo de 2026
Sec. I. Pág. 47510
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
7298
Ley 1/2026, de 18 de marzo, de disolución de la entidad local menor de Santa
Lucía, en el municipio de Ocón.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en
nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con lo que establece la Constitución y el
Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En la Ley 3/1993, de 22 de septiembre, de Régimen Local de La Rioja, se reconocía
la condición de entidades menores de ámbito territorial inferior al municipio a las
denominadas entidades locales menores, cuyo objeto es la administración
descentralizada de núcleos de población separados del principal del municipio. Al
amparo de lo referido en la citada norma, la Diputación General de La Rioja aprobó la
Ley 6/1995, de 28 de marzo, de constitución de la Entidad Local Menor de Santa Lucía,
en el Municipio de Ocón.
En los mismos términos que la norma referida en el párrafo anterior, la Ley 1/2003,
de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja, que deroga la Ley 3/1993,
reconoce a las entidades locales menores y, en su artículo 78, regula el procedimiento de
creación y disolución.
Por iniciativa de los vecinos de la entidad local menor de Santa Lucía, del municipio
de Ocón, se ha instruido un expediente para la disolución de dicha entidad local menor.
Se ha acreditado en el expediente la concurrencia de las circunstancias requeridas para
la disolución de la entidad y, cumplidos los demás trámites, en particular el Dictamen
favorable emitido por el Consejo Consultivo de La Rioja con fecha 6 de junio de 2025, la
disolución de la entidad local menor ha de aprobarse por ley del Parlamento de La Rioja.
Artículo único.
Disposición derogatoria única.
Queda derogada la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de constitución de la Entidad Local
Menor de Santa Lucía, en el Municipio de Ocón.
Disposición final única.
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su última publicación efectuada
conforme a lo dispuesto en el artículo 21 del Estatuto de Autonomía de La Rioja.
cve: BOE-A-2026-7298
Verificable en https://www.boe.es
1. Se disuelve la entidad local menor de Santa Lucía, en el municipio de Ocón.
2. La disolución de la entidad local menor conllevará que el personal que estuviera
al servicio de la entidad disuelta quedará incorporado en el Ayuntamiento de Ocón.
3. La disolución conllevará que el Ayuntamiento de Ocón quedará subrogado en
todos los derechos y obligaciones de la entidad disuelta.
4. La disolución deberá comunicarse al Registro de Entidades Locales, conforme se
establece en el Real Decreto 382/1986, de 10 de febrero, por el que se crea, organiza y
regula el funcionamiento del Registro de Entidades Locales. Asimismo, se comunicará al
Registro de Entidades Locales de La Rioja.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 31-03-2026
Resolución de 24 de marzo de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Salceda de Caselas.
ARENYS MAR
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