Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 29-04-2026
Ministerio de Sanidad. . III. Otras disposiciones. Comités asesores. (BOE-A-2026-9353)
Resolución de 17 de abril de 2026, de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se declara extinguido el Comité Asesor de la hormona de crecimiento y sustancias relacionadas.
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Resolución de 17 de abril de 2026, de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se declara extinguido el Comité Asesor de la hormona de crecimiento y sustancias relacionadas.Núm. 104
Miércoles 29 de abril de 2026
Sec. III. Pág. 60211
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE SANIDAD
Resolución de 17 de abril de 2026, de la Dirección General de Cartera
Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se
declara extinguido el Comité Asesor de la hormona de crecimiento y
sustancias relacionadas.
El Comité Asesor de la hormona de crecimiento y sustancias relacionadas (en
adelante, el Comité) fue creado mediante la Resolución de 29 de marzo de 1989, de la
Secretaría General de Asistencia Sanitaria, por la que se crea el Comité Asesor de la
hormona de crecimiento y sustancias relacionadas, del Ministerio de Sanidad y
Consumo, como órgano consultivo adscrito al Instituto Nacional de la Salud (en adelante,
INSALUD) para informar y asesorar sobre la prescripción correcta de la hormona de
crecimiento y sustancias relacionadas. Posteriormente su composición se modificó por la
Resolución de 28 de mayo de 1991, de la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad y
Consumo, por la que se modifica la composición del Comité Asesor del INSALUD para la
hormona de crecimiento y sustancias relacionadas.
El Real Decreto 840/2002, de 2 de agosto, por el que se modifica y desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Consumo, adapta el Instituto
Nacional de la Salud en una entidad de menor dimensión, pero conservando el régimen
jurídico, económico, presupuestario y patrimonial y la misma personalidad jurídica y
naturaleza de entidad gestora de la Seguridad Social, pasando a denominarse Instituto
Nacional de Gestión Sanitaria (en adelante, INGESA). Asimismo, el Real
Decreto 1087/2003, de 29 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del
Ministerio de Sanidad y Consumo deroga el citado Real Decreto 840/2002, de 2 de
agosto, adscribiendo el Comité, como órgano colegiado, a la entonces Dirección General
de Farmacia y Productos Sanitarios.
Posteriormente el Real Decreto 1087/2003, de 29 de agosto, fue derogado por el
Real Decreto 1555/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Sanidad y Consumo, manteniéndose la adscripción del
mencionado Comité a la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios (hoy
Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y
Farmacia). Esta situación se ha mantenido hasta la derogación del Real
Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Sanidad, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el
que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
En la actualidad el Comité, a tenor de las competencias atribuidas en el artículo 5 del
Real Decreto 718/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Sanidad, está adscrito a la Dirección General de Cartera Común
de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.
A partir del año 2002, como consecuencia de las transferencias sanitarias realizadas
a las Comunidades Autónomas (en adelante CC. AA.), las funciones de dicho Comité
fueron siendo transferidas a las CC. AA., excepto en el caso de aquellas que firmaron
convenios de colaboración con el Ministerio de Sanidad. Estas últimas CC. AA. se han
ido desligando progresivamente del Comité, al crear sus propios organismos
evaluadores; las últimas en 2020 y 2021.
Desde 2021 el Comité únicamente gestionaba las solicitudes de tratamiento con
hormona de crecimiento y sustancias relacionadas, remitidas por las Mutualidades
(Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, O.A, Mutualidad General
Judicial, O.A, e Instituto Social de las Fuerzas Armadas, O.A.), de acuerdo con los
convenios firmados con dichas entidades, así como las solicitudes de tratamiento
cve: BOE-A-2026-9353
Verificable en https://www.boe.es
9353
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 29-04-2026
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