Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 05-06-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-12136)
Resolución de 11 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Santa Cruz de Tenerife n.º 4, por la que se suspende la inscripción de la cesión de parte de una finca acordada por Ayuntamiento en cumplimiento de una obligación contenida en un convenio urbanístico.
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Resolución de 11 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Santa Cruz de Tenerife n.º 4, por la que se suspende la inscripción de la cesión de parte de una finca acordada por Ayuntamiento en cumplimiento de una obligación contenida en un convenio urbanístico.Núm. 137
Viernes 5 de junio de 2026
Sec. III. Pág. 76903
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
12136
Resolución de 11 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la Propiedad de Santa Cruz de Tenerife n.º 4, por la que
se suspende la inscripción de la cesión de parte de una finca acordada por
Ayuntamiento en cumplimiento de una obligación contenida en un convenio
urbanístico.
En el recurso interpuesto por don F. G. L., abogado, en nombre y representación del
Ayuntamiento de Candelaria, contra la nota de calificación de la registradora de la
Propiedad de Santa Cruz de Tenerife número 4, doña Paula Calvo Sánchez, por la que
se suspende la inscripción de la cesión de parte de una finca acordada por el
Ayuntamiento en cumplimiento de una obligación contenida en un convenio urbanístico.
Hechos
Mediante certificado emitido el día 25 de noviembre de 2024 por el secretario
General del Ayuntamiento de Candelaria, se certificaba, en el número de
expediente 1611/2024, «la aprobación definitiva de la aceptación de la cesión de bienes
por la entidad Amador Díaz Ramos, S.L a favor del Ayuntamiento de Candelaria y el
convenio anexo relativa a los bienes vinculados al sector (…)», referente «a la parcela
dotacional sanitario entre la C/ (…) y C/ (…)».
La finca se describía registralmente como: «Urbana: Trozo de Terreno sito en término
municipal de Candelaria, donde dicen (…)”, actualmente en la Calle (…), que mide según
títulos sesenta áreas, cuarenta y dos centiáreas, si bien, según reciente medición y
conforme a Certificación Descriptiva y Gráfica del Catastro, su superficie es de cinco mil
metros y sesenta y cinco decímetros cuadrados, y linda: al Oeste, con la Autopista (…);
Este, tierras de M. T., hoy, Comunidad de Propietarios de la Calle (…) y solar de M. J. C.
P.; Norte, con (…); y al Sur, con (…) Referencia Catastral:5677865CS6357N0001JW. No
coordinado con catastro».
La finca se encuentra inscrita a nombre de la entidad «Amador Díaz Ramos, S.L.»,
que adquirió el pleno dominio de la totalidad de la finca por título de compra.
De la finca descrita se pretendía la segregación de la siguiente finca: «Urbana:
Parcela dotacional sanitario en la intersección entre la calle (…) y Calle (…), sita en
término municipal de Candelaria, con una superficie es de mil seiscientos setenta y cinco
metros y treinta y ocho decímetros cuadrados, siendo las coordenadas U.T.M. de la
representación gráfica georreferenciada (…)».
Asimismo, se pretendía la inscripción de la porción segregada a favor del
Ayuntamiento por título de cesión obligatoria en cumplimiento de una obligación
contenida en un convenio urbanístico previo con el propietario único titular registral.
Para justificar la procedencia de la inscripción se aportaba diversa documentación,
en particular:
– certificado de inscripción en el Inventario de Bienes de la Corporación,
incorporando las actualizaciones oportunas según la ficha que se adjunta
correspondiente a la parcela dotacional sanitario entre la C/ (…) y C/ (…).
cve: BOE-A-2026-12136
Verificable en https://www.boe.es
I
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