Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 05-06-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-12149)
Resolución de 13 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Valencia n.º 7, por la que se suspende la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración turístico por constar en el Registro el uso de la finca como «local» y por requerir autorización expresa de la comunidad de propietarios.
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Resolución de 13 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Valencia n.º 7, por la que se suspende la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración turístico por constar en el Registro el uso de la finca como «local» y por requerir autorización expresa de la comunidad de propietarios.Núm. 137
Viernes 5 de junio de 2026
Sec. III. Pág. 77068
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
12149
Resolución de 13 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Valencia n.º 7, por la que se suspende
la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración turístico
por constar en el Registro el uso de la finca como «local» y por requerir
autorización expresa de la comunidad de propietarios.
En el recurso interpuesto por doña A. C. R., en nombre y representación de la
mercantil «La Cabaña del Estanque, SL», contra la nota de calificación de la registradora
de la Propiedad de Valencia número 7, doña María Begoña Longa Pastor, por la que se
suspende la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración turístico
por constar en el Registro el uso de la finca como «local» y por requerir autorización
expresa de la comunidad de propietarios.
Hechos
I
El día 24 de julio de 2025, se presentó en el Registro de la Propiedad de Valencia
número 7 solicitud de asignación de número de registro de alquiler de corta duración
turístico.
II
Presentada dicha solicitud en el Registro de la Propiedad de Valencia número 7, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«Instancia de Asignación de Número de Registro de Alquiler de Corta Duración con
fecha 24/07/2025. Asiento 3036 del Diario 2025 de fecha 24/07/2025.
Presentado el día 24/07/2025.
Aportada documentación el día 03/09/2025.
Calificado el documento que precede, por lo que resulta del mismo y de los asientos
del Registro, se reitera la calificación de fecha tres de septiembre de dos mil veinticinco y
se suspende la inscripción del mismo de conformidad con los siguientes:
I. El cambio de uso no figura inscrito en el historial de la finca registral de que se
trata. Es necesaria la inscripción previa de dicho cambio de uso.
II. Figura inscrita la prohibición acordada por la junta general de propietarios
celebrada el día 24 de septiembre de 2024 según la cual “Queda terminantemente
prohibido desarrollar en todos los departamentos de la división horizontal, tanto viviendas
como plantas bajas, la actividad de cesión temporal de uso de la totalidad de una
vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, comercializada o
promocionada en canales de oferta turística o por cualquier otro modo de
comercialización o promoción, y realizada con la finalidad lucrativa, cuando esté
sometida a un régimen específico, derivado de su normativa sectorial turística, (viviendas
turísticas).”.
cve: BOE-A-2026-12149
Verificable en https://www.boe.es
Hechos.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 05-06-2026
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