Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 06-06-2026
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . III. Otras disposiciones. Pesca marítima. (BOE-A-2026-12281)
Resolución de 2 de junio de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 13 de febrero de 2026, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa («Scomber scombrus») de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de Cantabria para 2026.
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Resolución de 2 de junio de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 13 de febrero de 2026, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa («Scomber scombrus») de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de Cantabria para 2026.Núm. 138
Sábado 6 de junio de 2026
Sec. III. Pág. 78001
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
12281
Resolución de 2 de junio de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por la
que se modifica la de 13 de febrero de 2026, por la que se establecen
disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa
(«Scomber scombrus») de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de
otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de
Cantabria para 2026.
Antecedentes y fundamentos de Derecho
Mediante Resolución de 13 de febrero de 2026, de la Secretaría General de Pesca,
por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la
caballa (Scomber scombrus) de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras
artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de Cantabria
para 2026, se fijó el inicio de la pesquería dirigida para la campaña de 2026 a las 00:00
horas del día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del
Estado» (15 de febrero) para una cuota adaptada de 792.190 kg. De dicha cantidad,
787.190 kg se destinaron para pesca dirigida y 5.000 kg para pesca accesoria.
Posteriormente, mediante la aprobación de la modificación del Reglamento (UE)
2026/249 del Consejo de 26 de enero de 2026 por el que se fijan para 2026, 2027 y 2028
las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones de peces aplicables en aguas
de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas
no pertenecientes a la Unión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2025/202, la
cuota inicial de España del stock de la caballa sur (MAC/8C3411) ascendió a 11.256
toneladas. Por tanto, la citada resolución se modificó a través de la Resolución de 10 de
abril de 2026, de la Secretaría General de Pesca. La cuota adaptada de caballa (stock
MAC/8C3411) asignada a la provincia de Cantabria pasó a ser de 1.233.192 kg,
destinándose a pesca dirigida 1.228.192 kg y a pesca accesoria 5.000 kg.
A petición de la Secretaría General de Pesca y considerando la evolución de los
consumos, la Organización de Productores de Cantabria (OPACAN) ha solicitado
modificar la cantidad de cuota asignada a pesca dirigida y a pesca accesoria para los
buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la
provincia de Cantabria para 2026.
Por todo ello, es necesario modificar la Resolución de 13 de febrero de 2026 para
reflejar las nuevas cantidades destinadas a pesca dirigida y accesoria para la
mencionada flota.
En virtud de lo anterior, la Secretaría General de Pesca, oído el sector afectado,
resuelve lo siguiente:
Se modifica el apartado segundo de la Resolución de 13 de febrero de 2026 como
sigue:
«La cuota adaptada de caballa (stock MAC/8C3411) en 2026 para los barcos
objeto de esta resolución es de 1.233.192 kg.
Una vez se haya realizado el cierre definitivo de los datos de consumo de la
campaña 2025, se harán, si proceden, los ajustes pertinentes de las deducciones
con respecto a la cuota adaptada de caballa (stock MAC/8C3411) publicada en
esta resolución, a través de la Web Gestcuotas.
cve: BOE-A-2026-12281
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
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