Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 11-06-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-12688)
Resolución de 18 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Inca n.º 1, por la que se deniega la solicitud de la declaración de nulidad de una inscripción de agrupación de fincas, puesto que la inscripción se produjo tras la tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria en las que se han formulado alegaciones que no han sido estimadas.
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Resolución de 18 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Inca n.º 1, por la que se deniega la solicitud de la declaración de nulidad de una inscripción de agrupación de fincas, puesto que la inscripción se produjo tras la tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria en las que se han formulado alegaciones que no han sido estimadas.Núm. 142
Jueves 11 de junio de 2026
Sec. III. Pág. 80728
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
12688
Resolución de 18 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Inca n.º 1, por la que se deniega la
solicitud de la declaración de nulidad de una inscripción de agrupación de
fincas, puesto que la inscripción se produjo tras la tramitación del expediente
del artículo 199 de la Ley Hipotecaria en las que se han formulado
alegaciones que no han sido estimadas.
En el recurso interpuesto por don A. G. F. contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad de Inca número 1, doña Margarita María Grau Sancho, por
la que se deniega la solicitud de la declaración de nulidad de una inscripción de
agrupación de fincas, puesto que la inscripción se produjo tras la tramitación del
expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, en las que el recurrente ha formulado
alegaciones que no han sido estimadas por la registradora.
Hechos
I
Mediante escritura otorgada el día 6 de junio de 2025 ante la Notaria de Binissalen,
María del Carmen de la Iglesia Velasco, con el número 722 de protocolo, don P. C. C.,
titular de las fincas registrales números 3.656, 3.657 y 7.743 del término de Sencelles,
siendo colindantes, las agrupaba para formar una sola.
Presentada dicha escritura el día 6 de junio de 2025, con el asiento de presentación
número 3.707 del Diario 2025, en el Registro de la Propiedad de Inca número 1, se inició
la tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria el día 23 de junio
de 2025. Practicadas las notificaciones, el día 18 de agosto de 2025 don A. G. F. recibió
la notificación en su domicilio y el día 9 de septiembre de 2025 realizó alegaciones a la
inscripción de la agrupación, pues la representación gráfica que se pretendía inscribir
estaba basada en la cartografía catastral, que no se ajustaba a la realidad física, siendo
ésta última la que determinaba los límites reales entre ambas parcelas.
La registradora, tras consultar el escenario de calificación en su aplicación
informática homologada para el tratamiento de las bases gráficas, observaba que no
existía tal solape con la georreferenciación, por lo que no estimaba las alegaciones
presentadas.
El día 3 de noviembre de 2025 se inscribía la agrupación de las fincas 3.656, 3.657
y 7.743 de Sencelles, formando la registral número 10.430 del término de Sencelles,
incorporando las coordenadas georreferenciadas catastrales y quedando la finca
coordinada con Catastro.
III
El 24 de noviembre de 2025, don A. G. F. presentó escrito, de fecha 20 de noviembre
de 2025, solicitando la nulidad de la inscripción de agrupación realizada, ya que la
cve: BOE-A-2026-12688
Verificable en https://www.boe.es
II
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 11-06-2026
Resolución de 5 de enero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad interina de Chiclana de la Frontera n.º 2, por la que se suspende la inscripción de una escritura...
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