Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 12-06-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-12773)
Resolución de 18 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa del registrador de la propiedad de Madrid n.º 9 respecto a la inscripción del testimonio del decreto de adjudicación hipotecaria y del mandamiento judicial de cancelación, por la razón de encontrarse la finca subastada inscrita a favor de terceras personas ajenas a la ejecución hipotecaria.
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Resolución de 18 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa del registrador de la propiedad de Madrid n.º 9 respecto a la inscripción del testimonio del decreto de adjudicación hipotecaria y del mandamiento judicial de cancelación, por la razón de encontrarse la finca subastada inscrita a favor de terceras personas ajenas a la ejecución hipotecaria.Núm. 143
Viernes 12 de junio de 2026
Sec. III. Pág. 81424
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
12773
Resolución de 18 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa
del registrador de la propiedad de Madrid n.º 9 respecto a la inscripción del
testimonio del decreto de adjudicación hipotecaria y del mandamiento judicial
de cancelación, por la razón de encontrarse la finca subastada inscrita a favor
de terceras personas ajenas a la ejecución hipotecaria.
En el recurso interpuesto por don J. M. F. C., procurador de los tribunales, en nombre
y representación de doña E. S. G., contra la calificación negativa del registrador de la
Propiedad de Madrid número 9, don Alberto Muñoz Calvo, respecto a la inscripción del
testimonio del decreto de adjudicación hipotecaria y del mandamiento judicial de
cancelación, por la razón de encontrarse la finca subastada inscrita a favor de terceras
personas ajenas a la ejecución hipotecaria.
Hechos
I
En virtud de auto firme, dictado el día 15 de diciembre de 2020 por del Juzgado de
Primera Instancia número 100 de Madrid, en mérito de procedimiento de ejecución
hipotecaria número 62/2012, se declaró nula, por abusiva, la cláusula «intereses de
demora», contenida en la escritura de préstamos hipotecario correspondiente, la cual, se
indicaba, se debe tener por no puesta sin perjuicio del devengo del interés remuneratorio
pactado hasta el reintegro de la suma prestada, y también se declaró nula, por abusiva,
la cláusula de «resolución anticipada por la entidad de crédito» del contrato de préstamo
de fecha 29 de diciembre de 2005, con las novaciones efectuadas los días 29 de
diciembre de 2005, 25 de junio de 2008 y 26 de junio de 2009 de la hipoteca objeto de
esta ejecución, acordándose el sobreseimiento y archivo de las actuaciones
ordenándose «el alzamiento de los embargos y de las medidas de garantía que se
hubieren adoptado» y «la nota marginal de expedición de la certificación de dominio y
cargas sobre la finca hipotecada», de conformidad con un mandamiento expedido por el
citado del Juzgado de Primera Instancia número 100 de Madrid el día 14 de febrero
de 2012 en el procedimiento de ejecución hipotecaria reseñado.
II
«En virtud del mandamiento presentado bajo el Número de Entrada 9976/2025, y a la
vista de los antecedentes registrales y la normativa de aplicación, se considera que
procede denegar la toma de razón de la declaración de nulidad de Cláusulas de hipoteca
y la cancelación de la nota marginal de certificación de cargas acordada en autos de
Ejecución Hipotecaria previa relación de los antecedentes de hecho, que se detallan en
la siguiente nota extendida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 322 de la Ley
Hipotecaria en su redacción dada por Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
cve: BOE-A-2026-12773
Verificable en https://www.boe.es
Presentado mandamiento judicial en el Registro de la Propiedad de Madrid
número 9, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 12-06-2026
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