Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 17-06-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-13175)
Resolución de 10 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 40, por la que se deniega la subsistencia de la vigencia de determinado asiento de presentación.
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Resolución de 10 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 40, por la que se deniega la subsistencia de la vigencia de determinado asiento de presentación.Núm. 147
Miércoles 17 de junio de 2026
Sec. III. Pág. 84398
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13175
Resolución de 10 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 40, por la que se deniega la
subsistencia de la vigencia de determinado asiento de presentación.
En el recurso interpuesto por don J. F. A., en nombre y representación y como consejero
delegado de la mercantil «Feral Iberia, S.A.», contra la nota de calificación de la registradora
de la Propiedad de Madrid número 40, doña María de los Ángeles Galto-Durán Rivera, por la
que se deniega la subsistencia de la vigencia de determinado asiento de presentación.
Hechos
I
Mediante instancia suscrita en Madrid el 24 de enero de 2025, la sociedad «Feral
Iberia, S.A.», presentada en el Registro de la Propiedad de Madrid número 40 bajo el
asiento de presentación número 147 del Diario 2025, solicitó que se tomara anotación
preventiva de crédito refaccionario sobre determinadas fincas pertenecientes a la
sociedad «Quantum Villages, S.L.». Denegada en un primer momento la anotación, el
interesado interpuso recurso que fue estimado parcialmente y desestimado respecto de
otras once fincas mediante Resolución de 24 de julio de 2025, publicada en el «Boletín
Oficial del Estado» el día 15 de octubre de 2025.
Con fecha 4 de diciembre de 2025, don L. V. F., actuando en representación de la
entidad «Feral Iberia, S.A.», aportó al Registro de la Propiedad una instancia solicitando
la subsistencia de la vigencia del asiento de presentación número 147 del Diario 2025,
acompañando decreto dictado el día 12 de noviembre de 2025 por el letrado de la
Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 32 de Madrid por el
que se admitía a trámite la demanda de juicio verbal contra la mencionada Resolución de
la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
II
«Calificación desfavorable.
Naturaleza del documento: Decreto judicial.
Juzgado y autos: Juzgado 1.ª Instancia 32 de Madrid, juicio verbal 27/2025.
Número de entrada: 172/2025 –incidencia por la que se solicita la subsistencia de la
entrada–.
N.º de asiento y diario: 147/2025 –incidencia por la que se solicita la subsistencia
del asiento–.
De conformidad con lo previsto en el artículo 240.2 de la Ley Hipotecaria, certifico
que con fecha de hoy he he [sic] calificado desfavorablemente el precedente documento
en la siguiente forma:
Primero. Mediante instancia suscrita en Madrid el 24 de enero de 2025, la sociedad
Feral Iberia S.A. solicitó que se tomara anotación preventiva de crédito refaccionario
cve: BOE-A-2026-13175
Verificable en https://www.boe.es
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Madrid número 40, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
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