Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 01-07-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-14288)
Resolución de 17 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Estepona n.º 2 a inscribir la representación gráfica georreferenciada alternativa de una finca y consiguiente rectificación de su descripción, por concurrir la oposición de colindantes, entre ellos la Administración, en el curso del procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria.
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Resolución de 17 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Estepona n.º 2 a inscribir la representación gráfica georreferenciada alternativa de una finca y consiguiente rectificación de su descripción, por concurrir la oposición de colindantes, entre ellos la Administración, en el curso del procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria.Núm. 159
Miércoles 1 de julio de 2026
Sec. III. Pág. 90783
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
14288
Resolución de 17 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador de la propiedad de Estepona n.º 2 a inscribir la representación
gráfica georreferenciada alternativa de una finca y consiguiente rectificación
de su descripción, por concurrir la oposición de colindantes, entre ellos la
Administración, en el curso del procedimiento regulado en el artículo 199.2 de
la Ley Hipotecaria.
En el recurso interpuesto por doña E. G. L. contra la negativa del registrador de la
Propiedad de Estepona número 2, don Ricardo Alfaro Roa, a inscribir la representación
gráfica georreferenciada alternativa de una finca y consiguiente rectificación de su
descripción, por concurrir la oposición de colindantes, entre ellos la Administración, en el
curso del procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria.
Hechos
I
Mediante instancia privada suscrita el día 7 de agosto de 2025 por doña E. G. L., se
solicitaba la inscripción de la representación gráfica georreferenciada alternativa de la
finca registral número 10.893 del Registro de la Propiedad de Estepona número 2, en
virtud de informe de validación gráfica frente a parcelario catastral, que se acompañaba,
con código seguro de verificación.
II
«Visto por Don Ricardo Alfaro Roa, Registrador de la Propiedad Número Dos del
Distrito Hipotecario de Estepona, Provincia de Málaga, el procedimiento registral
identificado con el número de entrada 9992, iniciado como consecuencia de
presentación en el mismo Registro, de los documentos que se dirán, en virtud de
solicitud de inscripción.
En el ejercicio de la calificación registral sobre la legalidad de los documentos
presentados, obrantes en el procedimiento de referencia, resultan los siguientes:
Hechos.
I.–El documento objeto de la presente calificación, suscrito por Doña Elena González
Lima, el día 07/08/2025, fue presentado en este Registro por G. L., E., el día 07/08/2025,
asiento número 4820 del Diario 2025
cve: BOE-A-2026-14288
Verificable en https://www.boe.es
Presentada el día 7 de agosto de 2025 dicha instancia en el Registro de la Propiedad
de Estepona número 2, causando el asiento de presentación número 4.820 del
Diario 2025, e iniciado el procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley
Hipotecaria, fueron recibidas alegaciones del Ayuntamiento de Estepona y de don C. P.
F. y doña M. E. M. R., quienes se oponían a la inscripción solicitada, por afectar a suelo
municipal en el primer caso, y por solapar la georreferencia de la finca de su titularidad
en el segundo, siendo la instancia objeto de la siguiente nota de calificación:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 01-07-2026
Resolución de 19 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 45 a inscribir una escritura de constitución de hipoteca.
Orden CLT/662/2026, de 17 de junio, por la que se ejercita el derecho de tanteo sobre el lote n.º 559, subastado por la sala Soler y Llach, en Barcelona.
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