Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 02-07-2026
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . I. Disposiciones generales. Títulos académicos. (BOE-A-2026-14332)
Real Decreto 534/2026, de 30 de junio, por el que se modifican los reales decretos por los que se establecen los títulos de Técnico Deportivo regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Real Decreto 534/2026, de 30 de junio, por el que se modifican los reales decretos por los que se establecen los títulos de Técnico Deportivo regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.Núm. 160
Jueves 2 de julio de 2026
Sec. I. Pág. 91259
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
Real Decreto 534/2026, de 30 de junio, por el que se modifican los reales
decretos por los que se establecen los títulos de Técnico Deportivo regulados
en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación
general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, determina que las
enseñanzas deportivas se organizan en ciclos que, a su vez, se estructuran en módulos
agrupados en bloque común y bloque específico. Los módulos de enseñanza deportiva
que conforman el bloque común están constituidos por la formación asociada a las
competencias profesionales que, en el caso de los títulos de Técnico Deportivo, soportan
los procesos de «iniciación deportiva» y «tecnificación deportiva», independientemente
de la modalidad o especialidad deportiva, así como de aquellos objetivos propios de las
enseñanzas deportivas.
Conforme a lo previsto en el citado real decreto, las enseñanzas mínimas de los
módulos del bloque común correspondiente al ciclo de grado medio de los títulos de
Técnico Deportivo regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,
aparecen desarrolladas, por primera vez, en el Real Decreto 64/2010, de 29 de enero,
por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Espeleología y se fijan sus
enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso. Dichos módulos se han venido
replicando de manera coincidente en todas las normas que han establecido los
diferentes títulos de Técnico Deportivo.
Transcurrida más de una década desde la primera publicación de los módulos
comunes de enseñanza deportiva, resulta necesario actualizar los referidos módulos
para adecuarlos, por un lado, a las modificaciones introducidas por la Ley
Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia
frente a la violencia, en relación con las figuras del entrenador y entrenadora como
agentes de prevención, y por otro, a las novedades en la regulación del sistema
deportivo previstas en la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, sin que ello
constituya un desarrollo de la misma. Asimismo, la evolución conceptual, procedimental
y tecnológica del deporte, los cambios en el alto rendimiento deportivo y en las funciones
de los entrenadores y las entrenadoras, así como los avances en deporte femenino y en
deporte para personas con discapacidad exigen la actualización de las enseñanzas
mínimas y de la denominación de algunas especializaciones de los títulos de Técnico
Deportivo.
Por ello, procede modificar los reales decretos que establecen los títulos de Técnico
Deportivo regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, adecuando la
denominación, los resultados de aprendizaje, los criterios de evaluación y los contenidos
básicos de los módulos de enseñanza deportiva del bloque común, así como la
denominación de las especializaciones, al ordenamiento jurídico, a las exigencias de la
sociedad actual y a las recomendaciones contenidas en el Libro blanco del deporte para
personas con discapacidad en España.
Este real decreto se ajusta a los principios de buena regulación previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En primer lugar, se ajusta al principio de necesidad, ya
que se trata de una norma que persigue el interés general al incorporar los últimos
avances en materia de deporte, entrenamiento, igualdad de género y acceso a la
práctica deportiva de las personas con discapacidad en la formación de los futuros
cve: BOE-A-2026-14332
Verificable en https://www.boe.es
14332
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 02-07-2026
Ley Orgánica 2/2026, de 30 de junio, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, para adaptarla a la reforma del apartado 3 del artículo 69 de la Constitución.
Instrumento de ratificación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los efectos internacionales de las ventas judiciales de buques, hecho en Nueva York el 7 de diciembre de 2022.
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.
Anuncio de la Autoridad Portuaria de Ceuta por el que se somete a información pública la solicitud de la sociedad Aubensa, S.A. sobre modificación sustancial de concesión demanial.
Anuncio de la Autoridad Portuaria de Barcelona por el que se hace pública la ampliación del plazo para formular consultas sobre la documentación del concurso para el otorgamiento de una concesión destinada a terminal marítima pública multipropósito en el muelle Príncipe de España del puerto de Barcelona. Exp. 001/2026-SGSJC.
FUNDACIÓN EUGENIO RODRÍGUEZ PASCUAL.