Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 07-07-2026
Comunidad Autónoma de Cataluña. . I. Disposiciones generales. Medidas urgentes. (BOE-A-2026-14658)
Decreto-ley 6/2026, de 5 de mayo, de medidas urgentes en el ámbito urbanístico y de la contratación en relación con los municipios rurales.
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Decreto-ley 6/2026, de 5 de mayo, de medidas urgentes en el ámbito urbanístico y de la contratación en relación con los municipios rurales.Núm. 164
Martes 7 de julio de 2026
Sec. I. Pág. 93469
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
14658
Decreto-ley 6/2026, de 5 de mayo, de medidas urgentes en el ámbito
urbanístico y de la contratación en relación con los municipios rurales.
EL PRESIDENTE DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA
El artículo 67.6.a) del Estatuto de autonomía de Cataluña establece que los decretos
ley son promulgados, en nombre del rey, por el presidente o presidenta de la Generalitat.
De acuerdo con eso, promulgo este decreto-ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
De acuerdo con el artículo 160 del Estatuto de autonomía de Cataluña, corresponde
a la Generalitat la competencia exclusiva en materia de régimen local que, respetando el
principio de autonomía local, incluye –entre otros extremos– la determinación de las
competencias y de las potestades propias de los municipios y de los otros entes locales
en los ámbitos especificados por el artículo 84 del mismo Estatuto, entre los cuales hay
el de la ordenación y la gestión del territorio y el urbanismo.
Además, en el ámbito de la ordenación del territorio, el artículo 149.1.b) y e) del Estatuto
prevé que corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva sobre el establecimiento y
la regulación de las figuras de planeamiento territorial y del procedimiento para tramitarlas y
aprobarlas, y sobre la determinación de medidas específicas de promoción del equilibrio
territorial, demográfico, socioeconómico y ambiental, entre otros aspectos.
A su vez, el artículo 149.5 determina que corresponde a la Generalitat la
competencia exclusiva en materia de urbanismo, la cual, entre otros aspectos, abarca la
regulación de los instrumentos de planeamiento.
Por su parte, el artículo 144 atribuye a la Generalitat la competencia compartida en
materia de medio ambiente, y el artículo 159, la competencia exclusiva sobre las normas
de procedimiento administrativo que deriven de las particularidades del derecho
sustantivo de Cataluña o de las especialidades de la organización de la Generalitat, así
como sobre las reglas de ejecución, modificación y extinción de los contratos de la
Administración, en lo no afectado por el artículo 149.1.18 de la Constitución.
En este sentido, la aprobación por el Parlament de Catalunya de la Ley 8/2025, de 30
de julio, del Estatuto de municipios rurales, ha marcado un hito al establecer una serie de
medidas para contribuir a mejorar las condiciones de vida de la ciudadanía que vive en
municipios rurales y quiere ser una herramienta normativa eficaz para garantizar el
arraigo de las personas que viven allí y para favorecer la repoblación y el equilibrio
territorial. La ley también pretende que las medidas que incluye sean eficaces y
duraderas, y quiere aprovechar los nuevos contextos generados a escala global y local
para favorecer el desarrollo social y económico de las zonas rurales catalanas.
Su título IV, relativo a las medidas para la mejora de los servicios, la lucha contra el
despoblamiento y el fomento general de los municipios rurales, incluye en su capítulo I varias
medidas referidas a la ordenación territorial, el urbanismo, el patrimonio y la vivienda.
A su vez, la disposición adicional sexta de la Ley 8/2025 recoge una serie de
mandatos de carácter organizativo con propuestas concretas de adaptación de la
normativa para implantar reglamentaria y legislativamente. En concreto, se establece
que se tienen que desarrollar propuestas para los municipios rurales con relación a
nuevos modelos de gestión urbanística específicos para los núcleos de población con
poca población y en recesión, entre otros.
cve: BOE-A-2026-14658
Verificable en https://www.boe.es
I. Estatuto de autonomía y competencias de la Generalitat de Catalunya.
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