Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 08-07-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-14852)
Resolución de 31 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Granada n.º 5, por la que se deniega la inscripción de la representación gráfica georreferenciada alternativa de una finca y consiguiente rectificación de su descripción, habiendo concurrido oposición de propietario colindante en el curso del procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria, por no aportar éste la georreferenciación que el mismo atribuye para su finca.
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Resolución de 31 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Granada n.º 5, por la que se deniega la inscripción de la representación gráfica georreferenciada alternativa de una finca y consiguiente rectificación de su descripción, habiendo concurrido oposición de propietario colindante en el curso del procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria, por no aportar éste la georreferenciación que el mismo atribuye para su finca.Núm. 165
Miércoles 8 de julio de 2026
Sec. III. Pág. 94654
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
14852
Resolución de 31 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Granada n.º 5, por la que se deniega la
inscripción de la representación gráfica georreferenciada alternativa de una
finca y consiguiente rectificación de su descripción, habiendo concurrido
oposición de propietario colindante en el curso del procedimiento regulado en
el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria, por no aportar éste la
georreferenciación que el mismo atribuye para su finca.
En el recurso interpuesto por doña R. C. P., abogada, en nombre y representación de
don A. A. A. Q. y doña M. J. G. G., contra la nota de calificación de la registradora de la
Propiedad de Granada número 5, doña María del Carmen Santana Santos, por la que se
deniega la inscripción de la representación gráfica georreferenciada alternativa de una
finca y consiguiente rectificación de su descripción, habiendo concurrido oposición de
propietario colindante en el curso del procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la
Ley Hipotecaria, por no aportar éste la georreferenciación que el mismo atribuye para su
finca.
Hechos
I
Mediante instancia privada suscrita el día 5 de mayo de 2025 por don A. A. A. Q., se
solicitaba la inscripción de la representación gráfica georreferenciada alternativa de la
finca registral número 8.256 del Ayuntamiento de Cenes de la Vega, que constaba
inscrita en el Registro de la Propiedad con una superficie de 237 metros cuadrados,
lindando, al frente, con su calle de situación; derecha, finca propiedad de don M. S. F.;
izquierda, finca de doña D. G. R. y don J. A. M., y, al fondo, con don J. A. M. y don J. C.,
pasando ahora a tener una superficie de 221 metros cuadrados, resultantes de las
coordenadas de ubicación geográfica contenidas en informe, pasando a lindar: al
noreste,
parcela
construida
sin
división
horizontal,
con
referencia
catastral 2629734VG5122H0001WO; al sureste, parcela construida sin división
horizontal, con referencia catastral 2629722VG5122H0001DO, y al suroeste, con parcela
construida sin división horizontal, con referencia catastral 2629724VG5122H0001IO. Se
le atribuía la referencia catastral 2629723VG5122H0001XO, la cual contaba con una
cabida, según Catastro, de 39 metros cuadrados.
Presentada el día 6 de mayo de 2025 dicha instancia en el Registro de la Propiedad
de Granada número 5, causando el asiento de presentación número 2.061 del
Diario 2025, e iniciado el procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley
Hipotecaria, fueron recibidas alegaciones por parte de doña F. O. H., abogada en
nombre y representación de doña A. A. C., por entender que la representación gráfica
propuesta invadía su propiedad, habiendo instado en el año 2007 expediente de
alteración catastral a fin de ajustar la superficie catastral con la registral y la real, siendo
a partir de esa fecha ambas realidades plenamente coincidentes, acompañando
medición realizada por técnico en la que constaba la superficie y delimitación de su
cve: BOE-A-2026-14852
Verificable en https://www.boe.es
II
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 08-07-2026
Resolución de 1 de julio de 2026, del Ayuntamiento de A Arnoia (Ourense), referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
Resolución de 26 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Granada n.º 5, por la que se deniega la inscripción de la representación gráfica georreferenciada alternativa de...
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Resolución de 31 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa formulada por la registradora de la propiedad de Bilbao n.º 3 a inscribir una escritura de compraventa.
Anuncio de licitación de: Jefatura de Asuntos Económicos de la Fuerza Terrestre. Objeto: Mantenimiento de los equipos CENTURIÓN/FLEXCORE de los sistemas de guerra electrónica ligera. Expediente: 2026/ETSAE0206/00000407E.
Anuncio de formalización de contratos de: Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres. Objeto: Servicio para la asistencia y orientación a víctimas de discriminación racial o étnica. Expediente: 2025Fi600048.