Real Decreto 635/2026, de 29 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en determinados ámbitos de actuación del Ministerio del Interior.

Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 31-07-2026

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Boletín Oficial del Estado

Ministerio Del Interior. . I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2026-16656)

Real Decreto 635/2026, de 29 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en determinados ámbitos de actuación del Ministerio del Interior.

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Real Decreto 635/2026, de 29 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en determinados ámbitos de actuación del Ministerio del Interior.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 186

Viernes 31 de julio de 2026

Sec. I. Pág. 107641

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DEL INTERIOR
16656

Real Decreto 635/2026, de 29 de julio, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones en determinados ámbitos de actuación del Ministerio
del Interior.
I

El Sistema Nacional de Protección Civil se entiende como un instrumento de la
política de seguridad pública, integrada en la política de seguridad nacional. Es por tanto
un servicio público cuya función principal es proteger a las personas y bienes
garantizando una respuesta adecuada ante los distintos tipos de emergencias y
catástrofes originados por causas naturales o derivados de la acción humana, sea esta
accidental o intencionada. Con este fin, según lo dispuesto en la disposición adicional
primera bis de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del sistema Nacional de Protección Civil,
Cruz Roja Española, como auxiliar de las Administraciones Públicas en las actividades
humanitarias y sociales impulsadas por ellas, tiene la consideración de entidad
colaboradora del Sistema Nacional de Protección Civil y podrá contribuir con sus medios
a las actuaciones de éste.
En este contexto, tal y como ha quedado establecido en el Plan Estatal General de
Emergencias de Protección Civil (PLEGEM), instrumento de los previstos en el
artículo 14.1 de la Ley 17/2015, de 1 de julio, la participación de la Cruz Roja Española
se realizará atendiendo al principio de especialidad funcional, desarrollándose, en
particular, mediante actuaciones como las siguientes: suministro y distribución de
elementos básicos de alimentación, abrigo e higiene; intervención psicosocial; suministro
y montaje de albergues provisionales; asistencia de primeros auxilios; búsqueda y
salvamento; transporte personal y sanitario; y aseguramiento de la protección a las
personas más vulnerables.
Además, Cruz Roja Española, con la finalidad de prestar ayuda asistencial a las
personas afectadas por emergencias o catástrofes, pondrá a disposición del Sistema
Nacional de Protección Civil, medios propios humanos y materiales para la realización de
ejercicios y/o simulacros y para la constitución de: centros de atención a la ciudadanía;
áreas de albergue y asistencia social; y equipos especializados en intervención
psicosocial.
Asimismo, se ha establecido por el Ministerio del Interior el Plan Especial de
Protección Civil para la denominada Operación Paso del Estrecho 2026, del cual Cruz
Roja Española forma parte mediante el establecimiento de dispositivos de atención
social y primeros auxilios, en su caso, en los diferentes puertos de embarque de los que
forma parte esta Operación, tanto en su fase de salida como en su fase de regreso.

Por otra parte, con el fin de garantizar a las personas internadas en centros
penitenciarios el ejercicio del derecho fundamental a la educación superior que
reconoce el artículo 27 de la Constitución Española, el artículo 56 de la Ley
Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, dispone que la
Administración penitenciaria suscriba con universidades públicas los oportunos
convenios, que garantizarán que la enseñanza se imparte en las condiciones y con el
rigor y la calidad inherentes a este tipo de estudios, adaptando, en lo que sea preciso,
la metodología pedagógica a las especiales circunstancias que concurren en el ámbito
penitenciario. A tal efecto, en atención a la movilidad de la población reclusa y a la

cve: BOE-A-2026-16656
Verificable en https://www.boe.es

II

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 31-07-2026

Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. . I. Disposiciones generales. Ciencia, tecnología e innovación. (BOE-A-2026-16664)

Orden CNU/791/2026, de 24 de julio, por la que se establecen las reglas y criterios de cálculo de beneficios de explotación en la Fundación Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas Carlos III, F.S.P.

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