Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 06-08-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Fundaciones. (BOE-A-2026-17132)
Resolución de 23 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Studiorgf.
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Resolución de 23 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Studiorgf.Núm. 191
Jueves 6 de agosto de 2026
Sec. III. Pág. 110061
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
17132
Resolución de 23 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Studiorgf.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por don Roberto Tomás González Fernández y
don Francisco Javier Mazorra Infante según resulta de la escritura otorgada ante el notario
de Madrid Fernando Gomá Lanzón, el 12 de noviembre de 2025 con el número 3.517 de
protocolo.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Arriaza, 11, bajos A y B,
C.P. 28008 de Madrid, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino
de España.
Tercero.
Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada tal y como se acredita mediante la correspondiente
certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Fines de la Fundación.
a) Custodiar, conservar, preservar, estudiar, investigar, proteger, catalogar, adquirir,
transmitir, exhibir, difundir, promover y defender, en el territorio español y en el de
cualquier otro Estado, la obra artística, cultural e intelectual de Roberto González
Fernández, su archivo personal y su legado, sus derechos de propiedad intelectual, su
imagen, su memoria y su reconocimiento por su aportación al arte contemporáneo.
b) Promover y contribuir a la custodia, conservación, preservación, estudio,
investigación, protección, catalogación, exhibición, difusión, promoción, defensa y, en su
caso, adquisición y transmisión, en el territorio español y en el de cualquier otro Estado,
de la obra artística, cultural e intelectual de artistas contemporáneos, así como de sus
archivos personales y legados.
c) Promover el encuentro entre artistas contemporáneos y su colaboración en el
desarrollo de sus actividades creativas.
Quinto.
Patronos.
Don Roberto Tomás González Fernández, Don Francisco Javier Mazorra Infante,
Don Carlos Díez Bustos y Don David Trullo Bernardos.
cve: BOE-A-2026-17132
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 06-08-2026
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