Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 08-08-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-17350)
Resolución de 13 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Cangas de Onís, por la que se suspende la inscripción de la representación gráfica alternativa de una finca, una vez tramitado el procedimiento previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, por concurrir la oposición de la Administración, quien alega invasión de una franja de terreno que tiene carácter demanial.
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Resolución de 13 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Cangas de Onís, por la que se suspende la inscripción de la representación gráfica alternativa de una finca, una vez tramitado el procedimiento previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, por concurrir la oposición de la Administración, quien alega invasión de una franja de terreno que tiene carácter demanial.Núm. 193
Sábado 8 de agosto de 2026
Sec. III. Pág. 111577
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
17350
Resolución de 13 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Cangas de Onís, por la que se suspende la
inscripción de la representación gráfica alternativa de una finca, una vez
tramitado el procedimiento previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria,
por concurrir la oposición de la Administración, quien alega invasión de una
franja de terreno que tiene carácter demanial.
En el recurso interpuesto por don A. G. G. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Cangas de Onís, don Miguel Pérez Soler, por la que se
suspende la inscripción de la representación gráfica alternativa de una finca, una vez
tramitado el procedimiento previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, por concurrir
la oposición de la Administración, quien alega invasión de una franja de terreno que tiene
carácter demanial.
Hechos
I
Mediante instancia privada suscrita el día 3 de julio de 2025 por don A. G. G., se
solicitaba la inscripción de la representación gráfica georreferenciada alternativa de la
finca registral número 6.226 del Ayuntamiento de Amieva que, de una cabida inscrita
de 27 metros cuadrados, pasaba a la superior de 42 metros cuadrados, según resulta de
informe de validación gráfica frente a parcelario catastral con código seguro de
verificación.
II
«Hechos.
Con fecha cinco de noviembre de dos mil veinticinco y según el asiento 3.070 del
Diario 2025, número de entrada 3.414/2025, se presentó en este Registro el siguiente
documento: Estudi Juridic i Tributari Advocats i Assessors Fiscals Scp Profesional, remite
por transporte urgente y se presenta a las dieciséis horas treinta y cuatro minutos, una
instancia suscrita por don A. G. G. en la que se solicita la rectificación de superficie de la
finca n.º: 6.226, conforme al informe de validación gráfica que acompaña, solicitando se
cve: BOE-A-2026-17350
Verificable en https://www.boe.es
Presentada el día 5 de noviembre de 2025 dicha instancia en el Registro de la
Propiedad de Cangas de Onís, causando el asiento de presentación número 3.070 del
Diario 2025, y tramitado el procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley
Hipotecaria, fueron recibidas alegaciones formuladas por el Ayuntamiento de Amieva,
que, tras el examen de la documentación remitida y de la realidad física de la finca,
consideraba que la rectificación pretendida incorporaba indebidamente una franja de
terreno que constituía dominio público municipal, concretamente la delantera de la
edificación, solicitando que no se procediera a la inscripción de la representación gráfica
propuesta y consiguiente rectificación de su descripción. A resultas de dichas
alegaciones realizadas en el curso del procedimiento regulado en el artículo 199 de la
Ley Hipotecaria, la instancia fue objeto de la siguiente nota de calificación:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 08-08-2026
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