Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 08-08-2026

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Boletín Oficial del Estado
08/08/2026

Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-17357)

Resolución de 18 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Madrid n.º 35, por la que se suspende la cancelación de una inscripción de arrendamiento de vivienda, tras inscribir la adjudicación derivada de la ejecución de una hipoteca.

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Contenido de la primera página

Resolución de 18 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Madrid n.º 35, por la que se suspende la cancelación de una inscripción de arrendamiento de vivienda, tras inscribir la adjudicación derivada de la ejecución de una hipoteca.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193

Sábado 8 de agosto de 2026

Sec. III. Pág. 111666

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
17357

Resolución de 18 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Madrid n.º 35, por la que se suspende la
cancelación de una inscripción de arrendamiento de vivienda, tras inscribir la
adjudicación derivada de la ejecución de una hipoteca.

En el recurso interpuesto por don G. G. R., en nombre y representación de la
mercantil «Round Robin Inversiones Socimi, S.A.», contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Madrid número 35, don Galo Rodríguez Tejada, por la que
se suspende la cancelación de una inscripción de arrendamiento de vivienda, tras
inscribir la adjudicación derivada de la ejecución de una hipoteca.
Hechos
I

a) el día 13 de junio de 2025 se presentó en el Registro de la Propiedad de Madrid
número 35 testimonio del decreto de adjudicación y mandamiento de cancelación de
cargas, ambos expedidos el día 2 de junio de 2025, en el seno del procedimiento de
ejecución hipotecaria número 1002/2013, seguido ante la Sección Civil del Tribunal de
Instancia de Madrid, Plaza número 100, adjudicándose la finca registral número 65.370,
descrita como «vivienda», a la entidad «Round Robin Inversiones Socimi, S.A.».
b) estos documentos fueron objeto de calificación desfavorable mediante nota de
calificación fechada el 1 de julio de 2025 alegando, en esencia, los siguientes motivos:
con relación al mandamiento de cancelación de cargas, constaba erróneamente que el
procedimiento se seguía para la efectividad de la hipoteca que causó la inscripción 2.ª,
siendo lo correcto que se trataba de la hipoteca de la inscripción 4.ª, cedida por la 6.ª, y
porque, además, el despacho de dicha cancelación quedaba pendiente de la inscripción
del testimonio del auto de adjudicación calificado negativamente; y, en cuanto al auto de
adjudicación, por el referido error en cuanto al ordinal que identificaba la hipoteca y,
además, porque resultaba del archivo tabular inscrito un contrato de arrendamiento
sobre la vivienda ejecutada en virtud de un contrato privado elevado a público por
escritura de fecha 25 de julio de 2013, e inscrito en el Registro de la Propiedad con
fecha 28 de agosto de 2013. El registrador alegó en su nota que este arrendamiento se
constituyó por un plazo de veinte años encontrándose, por tanto, vigente.
c) al objeto de subsanar los defectos señalados se presentó auto de fecha 12 de
marzo de 2014 que resolvía sobre la vista celebrada al tenor del artículo 675 de la Ley
de Enjuiciamiento Civil, en el seno de la propio procedimiento de ejecución hipotecaria,
estimando el tribunal que ni doña S. A. R., arrendataria de la vivienda, ni ningún otro
ocupante, tenía derecho a permanecer en la misma por no haberse reconocido en su
favor título alguno subsistente a la hipoteca en que deba subrogarse el adjudicatario.

cve: BOE-A-2026-17357
Verificable en https://www.boe.es

Mediante instancia suscrita el día 19 de agosto de 2025, debidamente firmada y
legitimada notarialmente, se instaba la cancelación de una inscripción de arrendamiento
sobre vivienda.
Para resolver este expediente resulta necesario el conocimiento previo de los
siguientes antecedentes:

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