Resolución de 2 de julio de 2026, de la Dirección General de Estrategias de Movilidad, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y el Organismo Público Puertos del Estado, para la explotación y desarrollo de la plataforma tecnológica SIMPLE.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 10-08-2026
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-17483)
Resolución de 2 de julio de 2026, de la Dirección General de Estrategias de Movilidad, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y el Organismo Público Puertos del Estado, para la explotación y desarrollo de la plataforma tecnológica SIMPLE.
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Resolución de 2 de julio de 2026, de la Dirección General de Estrategias de Movilidad, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y el Organismo Público Puertos del Estado, para la explotación y desarrollo de la plataforma tecnológica SIMPLE.Núm. 195
Lunes 10 de agosto de 2026
Sec. III. Pág. 112719
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
17483
Resolución de 2 de julio de 2026, de la Dirección General de Estrategias de
Movilidad, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de
Transportes y Movilidad Sostenible, la Entidad Pública Empresarial
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y el Organismo Público
Puertos del Estado, para la explotación y desarrollo de la plataforma
tecnológica SIMPLE.
Con fecha 1 de julio de 2026 se ha suscrito, previa tramitación reglamentaria, el
convenio entre la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible del
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, ADIF y Puertos del Estado, para la
explotación y desarrollo de «SIMPLE».
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 2 de julio de 2026.–La Directora General de Estrategias de Movilidad, Lucía
Martínez Riveiro.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible
del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, ADIF y Puertos del Estado,
para la explotación y desarrollo de «SIMPLE»
Madrid, 1 de julio de 2026.
El Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, del Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible (MITMS), don José Antonio Santano Clavero, en
virtud del Real Decreto 967/2023, de 28 de noviembre, por el que se dispone su
nombramiento, y de conformidad con el Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible, que actúa en base a lo establecido en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Presidente de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF), que en lo sucesivo se denominará ADIF, don Luis Pedro Marco de la
Peña, en virtud del Real Decreto 936/2024, de 17 de septiembre, actuando en nombre y
representación de ADIF en el ejercicio de las facultades que tiene conferidas por el
artículo 23.2.a) de su Estatuto, aprobado mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de
Diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias.
El Presidente del Organismo Público Puertos del Estado (en adelante Puertos del
Estado), don Gustavo Santana Hernández, en representación de este en virtud de su
nombramiento por Real Decreto 272/2025, de 8 de abril, y en virtud de las facultades que
le otorga el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
cve: BOE-A-2026-17483
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
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