Extracto de la Orden de 12 de agosto de 2026 por la que se convoca para el año 2026 la concesión de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura para su consolidación, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA), gestionadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 27-08-2026
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2026-27921)
Extracto de la Orden de 12 de agosto de 2026 por la que se convoca para el año 2026 la concesión de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura para su consolidación, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA), gestionadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
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Extracto de la Orden de 12 de agosto de 2026 por la que se convoca para el año 2026 la concesión de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura para su consolidación, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA), gestionadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.Núm. 211
Jueves 27 de agosto de 2026
Sec. V-B. Pág. 45293
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
27921
Extracto de la Orden de 12 de agosto de 2026 por la que se convoca
para e l año 2026 la conce sión de ayudas a las organizacione s
profesionales del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura
para su consolidación, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo,
de Pe sca y Acuicultura (FEMPA), ge stionadas por e l Ministe rio de
Agricultura, Pe sca y Alime ntación.
BDNS(Identif.):926499
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
926499)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas indicadas las organizaciones
profesionales de los sectores de la pesca y de la acuicultura de ámbito nacional o
transnacional, en su caso, que están indicadas en el artículo 4 de la Orden de
convocatoria, que cumplan con lo establecido en la normativa nacional y de la
Unión Europea concordante y, en particular, con lo dispuesto en los artículos 3 y
34 del Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, así como con los requisitos
específicos establecidos en el capítulo IV para la línea de ayudas a la
consolidación.
Segundo. Objeto y régimen de concesión.
Se convoca en régimen de concurrencia competitiva la concesión de ayudas a
la consolidación para el año 2026 para las organizaciones profesionales del sector
pesquero de ámbito nacional y transnacional.
Tercero. Bases reguladoras
Cuarto. Cuantía
La financiación de la ayuda a la consolidación, se efectuará con cargo al
presupuesto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a través de la
aplicación presupuestaria 21.11.415B.772, "Ayudas al desarrollo de la nueva OCM
para la comercialización de los productos pesqueros" de los Presupuestos
Generales del estado para 2026. La dotación máxima para atender a esta
convocatoria se establece en 200.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
La presentación de las solicitudes de ayudas a la consolidación, que será
potestativa, se realizará mediante la cumplimentación del anexo A de la
convocatoria. El plazo de presentación será de diez días hábiles a contar desde el
cve: BOE-B-2026-27921
Verificable en la dirección https://extraboe.boe.es/arde
Las bases reguladoras de estas ayudas a la consolidación quedan
establecidas en el Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre (BOE número 268
de 04 de noviembre de 2017).
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 27-08-2026
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