Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Taekwondo.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 04-09-2026
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . III. Otras disposiciones. Real Federación Española de Taekwondo. Estatutos. (BOE-A-2026-18626)
Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Taekwondo.
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Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Taekwondo.Núm. 219
Viernes 4 de septiembre de 2026
Sec. III. Pág. 119045
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
18626
Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Presidencia del Consejo Superior
de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación
Española de Taekwondo.
En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 14.g) de la Ley 39/2022,
de 30 de diciembre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes
en su sesión de 18 de junio de 2026, ratificó los Estatutos de la Real Federación
Española de Taekwondo, autorizando su inscripción en el Registro Estatal de Entidades
Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el Artículo 45.4 de la Ley 39/2022. de 30 de
diciembre, del Deporte y Artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre,
sobre federaciones deportivas españolas, dispongo la publicación de los Estatutos de la
Real Federación Española de Taekwondo, contenida en el anexo a la presente
resolución.
Madrid, 25 de agosto de 2026.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes,
José Manuel Rodríguez Uribes.
ANEXO
Estatutos de la Real Federación Española de Taekwondo
TÍTULO I
Principios generales
CAPÍTULO I
Definición y régimen jurídico
Artículo 1.
Artículo 2.
La RFET está integrada por federaciones autonómicas, clubes deportivos,
deportistas, técnicos/as, jueces/as – árbitros y por los otros colectivos que tengan por
objeto la promoción o práctica de la mencionada especialidad deportiva o contribuyan a
su desarrollo y se hallen integradas según lo dispuesto en los presentes Estatutos.
cve: BOE-A-2026-18626
Verificable en https://www.boe.es
La Real Federación Española de Taekwondo, en lo sucesivo: RFET, es una entidad
de naturaleza asociativa de derecho privado, sin ánimo de lucro y declarada de utilidad
pública, que tiene por objeto el fomento, la organización, la reglamentación, el desarrollo
y la práctica en todo el territorio nacional de la modalidad deportiva del taekwondo y de
las especialidades siguientes: Combate (olímpico), que es la especialidad principal;
Poomsae; Hapkido; Taekwondo ITF; y Taekwondo para personas con discapacidad
(para-taekwondo).
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 04-09-2026
Acuerdo de 24 de marzo de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se declara la jubilación voluntaria del Magistrado don Juan Carlos Aparicio Tobaruela.
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