Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 15-10-2025
Diputación Provincial De Cáceres. Tributos. (2025081631)
Anuncio de 24 de septiembre de 2025 sobre delegación de la gestión tributaria y recaudatoria del Impuesto del Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana con el Ayuntamiento de Alcuéscar.
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Anuncio de 24 de septiembre de 2025 sobre delegación de la gestión tributaria y recaudatoria del Impuesto del Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana con el Ayuntamiento de Alcuéscar.55644
Miércoles 15 de octubre de 2025
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES
ANUNCIO de 24 de septiembre de 2025 sobre delegación de la gestión
tributaria y recaudatoria del Impuesto del Incremento del Valor de los
Terrenos de Naturaleza Urbana con el Ayuntamiento de Alcuéscar. (2025081631)
El Pleno de la Excelentísima Diputación Provincial en sesión ordinaria de fecha 29 de mayo
de 2025 adoptó, entre otros, el Acuerdo de aprobar el Convenio de delegación entre el Ayuntamiento de Alcuéscar y el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la
Excelentísima Diputación Provincial de Cáceres, para la gestión y recaudación de los tributos
municipales.
CONVENIO ENTRE EL ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA
Y EL AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR PARA LA DELEGACIÓN DE LA GESTIÓN Y
RECAUDACIÓN DE LOS TRIBUTOS LOCALES.
Cáceres, 29 de julio de 2025.
REUNIDOS:
De una parte, el Sr. D. Miguel Ángel Morales Sánchez Presidente del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria de la Excelentísima Diputación Provincial de Cáceres, con
CIF n.º P6000001E, en nombre del mismo y asistido por el Secretario del Organismo, Sr. D.
Miguel Rodríguez Ramos y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno de la Excelentísima Diputación Provincial en su sesión ordinaria de fecha 29 de mayo de 2025.
Y, de otra parte, el Sr. D. Dionisio Vasco Juez, Alcalde-Presidente del Excelentísimo Ayuntamiento de Alcuéscar, con CIF n.º P1001000G y asistido por la Secretaria municipal, Sra. Dña.
María Grande Muriel, y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación
en sesión ordinaria de fecha 26 de marzo de 2026.
EXPONEN:
I
Que el Ayuntamiento, como titular de las potestades tributarias, financieras y de ejecución
forzosa que entre otras, le reconoce el artículo 4.º de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local, tiene atribuida la competencia para la gestión, liquidación,
recaudación e inspección de sus tributos propios, sin perjuicio de las delegaciones que pueda
otorgar a favor de las entidades locales de ámbito superior y de las fórmulas de colaboración
con ellas, en relación con lo dispuesto en el artículo 106.3 de la misma Ley y los artículos
7.1 y 8.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
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