Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 10-12-2025
Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Elecciones. (2025050174)
Orden de 9 de diciembre de 2025 por la que se modifica la Orden de 10 de noviembre de 2025 por la que se actualizan las compensaciones económicas establecidas en el Decreto 31/2003, de 25 de marzo, a percibir por el personal que preste servicios en las Elecciones a la Asamblea de Extremadura de 2025.
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Orden de 9 de diciembre de 2025 por la que se modifica la Orden de 10 de noviembre de 2025 por la que se actualizan las compensaciones económicas establecidas en el Decreto 31/2003, de 25 de marzo, a percibir por el personal que preste servicios en las Elecciones a la Asamblea de Extremadura de 2025.Miércoles 10 de diciembre de 2025
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ORDEN de 9 de diciembre de 2025 por la que se modifica la Orden de 10 de
noviembre de 2025 por la que se actualizan las compensaciones económicas
establecidas en el Decreto 31/2003, de 25 de marzo, a percibir por el personal
que preste servicios en las Elecciones a la Asamblea de Extremadura de
2025. (2025050174)
El pasado 28 de octubre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto de
la Presidenta 8/2025, de 27 de octubre, de disolución de la Asamblea de Extremadura y de
convocatoria de elecciones, a celebrar el día 21 de diciembre de 2025.
El Decreto 31/2003, de 25 de marzo, por el que se fijan las compensaciones económicas a
percibir por el personal que preste servicios en las Elecciones a la Asamblea de Extremadura
establece en su artículo 5, que los importes de las cantidades fijadas en los artículos 1, 2, 3
y 4 del citado decreto se modificarán en la misma proporción en la que sean incrementadas
las retribuciones del sector público, habilitando en su disposición final primera, al titular de la
Consejería de Presidencia, en la actualidad Consejería de Hacienda y Administración Pública,
a dictar las disposiciones necesarias para su desarrollo y aplicación.
En uso de esta habilitación normativa, con fecha 10 de noviembre de 2025 se ha dictado la
Orden de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se actualizan las compensaciones económicas establecidas en el Decreto 31/2003, de 25 de marzo, a percibir por
el personal que preste servicios en las Elecciones a la Asamblea de Extremadura para 2025
(DOE extraordinario número 8, de 10 de noviembre de 2025).
No obstante, resulta preciso adaptar el contenido de la norma dictada a fin de delimitar con
mayor claridad las gratificaciones contempladas para el personal colaborador, y los criterios
de distribución a establecer por las juntas electorales correspondientes, y asimismo, la necesidad de incluir una nueva partida para satisfacer las manutenciones a los miembros de las
juntas electorales.
Como consecuencia de ello, se suprimen los puntos 2.1.2 y 3.b) del artículo único de la Orden
de 10 de noviembre de 2025, siendo sustituidos por un nuevo punto o numeral 10 denominado “Servicios extraordinarios prestados por el personal colaborador de las juntas electorales provinciales y de zonas”, para aclarar la metodología de la distribución de esta cuantía.
Asimismo, se añade el punto 11 denominado “Medios materiales para las juntas electorales.
Pago de manutenciones a los miembros de las juntas electorales” para incluir un gasto inicialmente no contemplado, como es el pago de manutenciones a los miembros de las juntas
electorales conforme al artículo 13 de la LOREG.
En virtud de lo anterior, y con carácter previo a la celebración de las elecciones autonómicas
del próximo día 21 de diciembre de 2025, procede tramitar la modificación de la Orden de 10
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