Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 10-12-2025
Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Acción Cinegética. Sanidad Animal. (2025064436)
Resolución de 9 de diciembre de 2025, conjunta de la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural y de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, por la que se declara la emergencia cinegética temporal por riesgo sanitario, se establecen medidas cinegéticas excepcionales para el control de las poblaciones de jabalí (Sus scrofa) y se adoptan otras medidas sanitarias de salvaguardia frente a la peste porcina africana en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Resolución de 9 de diciembre de 2025, conjunta de la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural y de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, por la que se declara la emergencia cinegética temporal por riesgo sanitario, se establecen medidas cinegéticas excepcionales para el control de las poblaciones de jabalí (Sus scrofa) y se adoptan otras medidas sanitarias de salvaguardia frente a la peste porcina africana en la Comunidad Autónoma de Extremadura.Miércoles 10 de diciembre de 2025
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CONSEJERÍA DE GESTIÓN FORESTAL Y MUNDO RURAL
RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2025, conjunta de la Dirección General de
Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia de la Consejería de Gestión Forestal
y Mundo Rural y de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, por la que se
declara la emergencia cinegética temporal por riesgo sanitario, se establecen
medidas cinegéticas excepcionales para el control de las poblaciones de jabalí
(Sus scrofa) y se adoptan otras medidas sanitarias de salvaguardia frente
a la peste porcina africana en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
(2025064436)
La Peste Porcina Africana (PPA) es una enfermedad vírica, altamente contagiosa, que afecta a
los cerdos domésticos y silvestres, con un índice de mortalidad que puede llegar a alcanzar el
100 %. Aunque esta enfermedad no es considerada como una zoonosis y, por tanto, no representa ningún peligro para la salud humana, produce efectos devastadores en las poblaciones
porcinas (tanto domésticas como silvestres) y en la economía de los sistemas de producción
del sector porcino.
Esta grave enfermedad, sujeta a declaración obligatoria, está categorizada, según el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 de la Comisión, de 3 de diciembre de 2018, relativo a
la aplicación de determinadas normas de prevención y control a categorías de enfermedades
enumeradas en la lista y por el que se establece una lista de especies y grupos de especies
que suponen un riesgo considerable para la propagación de dichas enfermedades de la lista,
como de categoría A+D+E, por tanto se trata de una enfermedad para la cual deben tomarse
medidas de erradicación inmediatas tan pronto como se detecte su existencia.
La PPA conlleva graves repercusiones económicas y sanitarias, y la especie jabalí (Sus scrofa)
se considera un reservorio silvestre con capacidad para mantener y diseminar la enfermedad
en el medio natural, incrementando el riesgo para las explotaciones porcinas intensivas y
extensivas.
La aparición confirmada de un foco de PPA en Cataluña constituye un hecho de especial gravedad que altera sustancialmente el escenario sanitario. La PPA provoca elevadas mortalidades
en suidos, implica importantes restricciones comerciales y origina graves perjuicios económicos, situándose entre las mayores amenazas para el sector porcino europeo.
El riesgo de introducción de la PPA en Extremadura, unido a las altas densidades en las poblaciones de jabalí en determinadas comarcas y a su papel como posible reservorio, exige
reforzar el control poblacional y la vigilancia sanitaria.
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