Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 16-12-2025
Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. (2025064414)
Resolución de 4 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se regula y convoca el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por experiencia laboral, por vías no formales de formación y aprendizaje informal en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso académico 2025/2026.
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Resolución de 4 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se regula y convoca el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por experiencia laboral, por vías no formales de formación y aprendizaje informal en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso académico 2025/2026.Martes 16 de diciembre de 2025
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RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2025, de la Dirección General de
Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se regula
y convoca el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias
básicas adquiridas por experiencia laboral, por vías no formales de formación
y aprendizaje informal en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el
curso académico 2025/2026. (2025064414)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo de
2006), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30
de diciembre de 2020), señala en el artículo 66.4 que las personas adultas pueden realizar
sus aprendizajes tanto por medio de actividades de enseñanza reglada o no reglada, como a
través de la experiencia laboral, o en actividades sociales, por lo que se tenderá a establecer
conexiones entre ambas vías y se adoptarán medidas para la validación de los aprendizajes
así adquiridos. Además, en su artículo 5.4, establece que corresponde a las Administraciones
públicas promover ofertas de aprendizaje flexibles que permitan la adquisición de competencias básicas y, en su caso, las correspondientes titulaciones a aquellas personas jóvenes y
adultas que abandonaron el sistema educativo sin ninguna titulación.
Asimismo, la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional (BOE núm. 78, de 1 de abril de 2022), considera que las competencias
básicas son necesarias para la realización y desarrollo personal, para participar activamente
en la sociedad o mejorar la empleabilidad. Su desarrollo se realiza por múltiples vías, y queda
incorporado en cualquier oferta de Formación Profesional en tanto que promueve el desarrollo
integral de la persona. Además, indica que las administraciones competentes en el Sistema de
Formación Profesional deberán establecer mecanismos que permitan comprobar que se dispone de las competencias básicas necesarias en el caso de aquellas personas que no reúnan
los requisitos académicos de acceso a las ofertas de formación.
En desarrollo de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de
la Formación Profesional y como complemento al Real Decreto 659/2023, de ordenación del
sistema de formación profesional (BOE núm. 174, de 22 de julio de 2023), el Real Decreto
86/2025, de 11 de febrero, establece el procedimiento para la evaluación y acreditación de
competencias básicas en la población adulta (BOE núm. 37, de 12 de febrero de 2025). Este
real decreto está dirigido a personas adultas que, sin los requisitos académicos correspondientes, deseen acceder a las ofertas de formación profesional y mejorar sus competencias
básicas en los ámbitos comunicativo, matemático y digital.
En su desarrollo en el ámbito autonómico se publicó la Orden de 20 de octubre de 2025 que
regula la evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por experiencia
laboral, por vías no formales de formación y aprendizaje informal, y las pruebas específicas
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