Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 16-02-2026
Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2026060396)
Resolución de 6 de febrero de 2026, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "FV Solaria Pinofranqueado Solar 4" y línea subterránea de conexión 30 kV para evacuación de energía, a realizar en los términos municipales Coria y de Guijo de Coria (Cáceres). Expte.: IA25/0930.
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Resolución de 6 de febrero de 2026, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "FV Solaria Pinofranqueado Solar 4" y línea subterránea de conexión 30 kV para evacuación de energía, a realizar en los términos municipales Coria y de Guijo de Coria (Cáceres). Expte.: IA25/0930.Lunes 16 de febrero de 2026
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RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2026, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto de instalación solar fotovoltaica "FV Solaria Pinofranqueado Solar 4"
y línea subterránea de conexión 30 kV para evacuación de energía, a realizar
en los términos municipales Coria y de Guijo de Coria (Cáceres). Expte.:
IA25/0930. (2026060396)
El proyecto de instalación solar fotovoltaica (en adelante, ISF) “FV Solaria Pinofranqueado
Solar 4” de 50.00 MWn y 57,51 MWp que contaba inicialmente con una superficie de 83,73
ha, que ha visto reducida su superficie hasta las 81,35 ha para poder dar cumplimiento de
los informes emitidos por las Administraciones Públicas, se encuentra sujeto a evaluación de
impacto ambiental ordinaria conforme al artículo 62.d) de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la
resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de las
obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
El órgano ambiental competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental
del proyecto es la Dirección General de Sostenibilidad (en adelante, DGS) de la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el
Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (en adelante,
EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como información complementaria aportada por la promotora.
A) Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
La promotora del proyecto es EDP Renovables España, SLU, con CIF B91115196 y con
domicilio social Plaza del Fresno n.º 2, 33007 Oviedo (Asturias).
Actúa como órgano sustantivo la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible (en adelante, DGIEM).
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