Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 15-04-2026
Ayuntamiento De Badajoz. Información Pública. (2026080562)
Anuncio de 6 de abril de 2026 sobre aprobación inicial de Estudio de Detalle.
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Anuncio de 6 de abril de 2026 sobre aprobación inicial de Estudio de Detalle.Miércoles 15 de abril de 2026
14232
AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ
ANUNCIO de 6 de abril de 2026 sobre aprobación inicial de Estudio de Detalle.
(2026080562)
Por Resolución de la Alcaldía, PD, Decreto 2026/1676, de fecha 1 de abril de 2026, y tras la
tramitación del oportuno procedimiento, adoptó acuerdo de aprobación inicial del siguiente
Estudio de Detalle:
Clase de instrumento urbanístico
Estudio de Detalle
Expediente
2026/5446
Instrumento que desarrolla o complementa
Plan General Municipal
Clasificación del suelo
Urbano
Delimitación del ámbito afectado
Calle Castillejos n.º 6, del área de Conservación ACO –
4.6 dentro de la manzana n.º 62432 y delimitada por las
calles Castillejos, Bambú, Navas de Tolosa y Gravelinas.
Promotor y arquitecto redactor
Promotor: Juan Hipólito Avelino Sánchez.
Arquitecto: José Manuel Honrado Jiménez.
Objeto
Regular los volúmenes edificatorios de la parcela resultante 7-3 de la manzana 7 de la Colonia Militar Juan Sebastián Elcano.
Justificación
El Estudio de Detalle cumple el artículo 65.2 RGLOTUS.
El documento aprobado inicialmente se somete a información pública por plazo de un mes
de acuerdo con el artículo 65.4.c) del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible
de Extremadura, mediante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y en la Sede electrónica de este Ayuntamiento, conforme a lo dispuesto al efecto en
el artículo 57 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística
sostenible de Extremadura, plazo durante el cual podrán formularse cuantas alegaciones se
estimen oportunas computándose el mismo a partir de la última de las publicaciones citadas.
De acuerdo con el artículo 25.3.b) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, la adopción
de este acuerdo suspenderá el otorgamiento de licencias, salvo las que resulten ajustadas al
régimen vigente y a las determinaciones del nuevo planeamiento.
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