Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 15-04-2026
Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2026060789)
Resolución de 3 de abril de 2026, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Ribera del Fresno. Expte.: IA25/0093.
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Resolución de 3 de abril de 2026, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Ribera del Fresno. Expte.: IA25/0093.Miércoles 15 de abril de 2026
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RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2026, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe ambiental estratégico en la forma prevista en
la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual de las Normas
Subsidiarias de Ribera del Fresno. Expte.: IA25/0093. (2026060789)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en su artículo 49, prevé los planes y programas que deben ser sometidos a
evaluación ambiental estratégica simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el plan o programa no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los
términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien, que el plan o programa
debe someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque pueda tener efectos
significativos sobre el medio ambiente.
El citado artículo 49 especifica aquellos planes y programas que serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 49 a
53 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y de conformidad con los criterios establecidos en el anexo VIII de dicha ley.
La modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Ribera del Fresno se encuentra encuadrada en el artículo 49, letra f), apartado 1.º, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
1. O
bjeto y descripción de la modificación.
La modificación puntual propuesta consiste en adecuar la situación urbanística de
las parcelas con las siguientes referencias catastrales 0603103QC4700S0001XF,
06113A046001540000ZF,
0603101QC4700S0001RF,
06113A046000860000ZP,
0603105QC4700S0001JF y 06113A046001550000ZM que, en total, suman una superficie
de 4.885,30 m2, para modificar la porción que está clasificada como Suelo No Urbanizable
de Protección Especial (2.208,30 m2) a Suelo Urbano.
Para ello, la modificación propone ampliar la delimitación de Suelo Urbano con objeto de
incluir estos terrenos dentro de ésta, para que puedan adquirir la condición de Solar Urbano Consolidado – Residencial Casco Urbano.
Según la documentación aportada las parcelas cuentan con todos los servicios e infraestructuras urbanas, por lo que no se prevén nuevos viales, equipamientos o zonas verdes
ni se crean nuevas ordenanzas.
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