Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 17-04-2026
Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2026060824)
Resolución de 9 de abril de 2026, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Yugo Solar", en el término municipal de Villa del Campo (Cáceres), cuya promotora es Yugo Solar, SLU. Expte.: IA26/0213.
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Resolución de 9 de abril de 2026, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Yugo Solar", en el término municipal de Villa del Campo (Cáceres), cuya promotora es Yugo Solar, SLU. Expte.: IA26/0213.Viernes 17 de abril de 2026
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RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2026, de la Dirección General de Sostenibilidad,
sobre modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Yugo Solar",
en el término municipal de Villa del Campo (Cáceres), cuya promotora es
Yugo Solar, SLU. Expte.: IA26/0213. (2026060824)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Resolución de 5 de diciembre de 2025, la Dirección General de Sostenibilidad, formuló declaración de impacto ambiental favorable para el proyecto de instalación solar
fotovoltaica “Yugo Solar”, a realizar en el término municipal de Villa del Campo (Cáceres),
cuya promotora es Yugo Solar, SLU. Expte.: IA24/1965 (DOE n.º 244, de 19-12-2025).
Segundo. El proyecto original consistía en la construcción de la instalación solar fotovoltaica
(en adelante, ISF) denominada “Yugo Solar” de 62,1 MWp, situada en el polígono 13, parcelas
229, 230, 237, 236, 235, 234, 218, 217, 219, 220, 221, 213 y 212, polígono 11, parcelas
172, 171, 170 y 173 y polígono 17, parcela 313, del término municipal de Villa del Campo
(Cáceres), con una superficie de 109,906 ha de ocupación, diseñada en cinco recintos. Formada por 90.000 módulos fotovoltaicos de 690 Wp, con seguidores a un eje. Contará con 250
inversores de 200 kVA cada uno y 8 centros de transformación de 6.500 kVA y 1 centro de
transformación de 3.250 kVA. Con línea de evacuación subterránea de 30 kV para la conexión
entre los CT de la planta y la SE “Cañonera” 30/400 kV (objeto de otro proyecto).
Tercero. Con fecha 6 de marzo de 2026 el Servicio de Generación y Eficiencia Energética, de
la Dirección General de Industria, Energía y Minas, remite documentación relativa a la modificación de la ISF “Yugo Solar”. Una vez analizada la documentación se comprobó que no reunía
los requisitos exigidos por la legislación específica aplicable, por lo que desde el Servicio de
Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático, requirió al promotor del proyecto para que
procediera a su subsanación, siendo subsanada la documentación con fecha 19 de marzo de
2026, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 86.1 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que establece que
“Los promotores que pretendan introducir modificaciones de proyectos incluidos en el anexo
IV deberán presentar ante el órgano ambiental un documento ambiental con el contenido
recogido en el artículo 74.1 de la presente ley”.
Cuarto. Con fecha 24 de marzo de 2026, la Dirección General de Sostenibilidad inicia la fase
de solicitud de informes a las Administraciones Públicas afectadas por razón de la materia en
relación con los elementos esenciales que son objeto de la modificación solicitada y tenidos
en cuenta en la evaluación de impacto ambiental, por exigirlo así el artículo 86.2 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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