Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 25-05-2026
Consejería De Industria, Energía, Ciencia Y Territorio. Impacto Ambiental. (2026061245)
Resolución de 14 de mayo de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de establecimiento y puesta en riego de olivar", cuya promotora es María Gracia Abril Cordero, en el término municipal de Higuera de Llerena (Badajoz). Expte.: IA24/2239.
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Resolución de 14 de mayo de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de establecimiento y puesta en riego de olivar", cuya promotora es María Gracia Abril Cordero, en el término municipal de Higuera de Llerena (Badajoz). Expte.: IA24/2239.Lunes 25 de mayo de 2026
22260
RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2026, de la Dirección General de Gestión
Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto
ambiental del "Proyecto de establecimiento y puesta en riego de olivar", cuya
promotora es María Gracia Abril Cordero, en el término municipal de Higuera
de Llerena (Badajoz). Expte.: IA24/2239. (2026061245)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El “Proyecto de establecimiento y puesta en riego de olivar”, ocupando una superficie de
14,89 ha, ubicado en las parcelas 120 y 150 del polígono 23, del término municipal de Higuera
de Llerena (Badajoz), se encuadra en el grupo I “Agricultura, silvicultura, acuicultura y ganadería”, epígrafe c) “Proyectos de transformación, ampliación o consolidación de regadíos de 10
o más hectáreas; así como los comprendidos entre 1 ha y 10 ha que cumplan alguno de los
criterios generales, o que ocupen cauces o humedales permanentes o estacionales representados en el mapa Instituto Geográfico Nacional (IGN) a escala 1:25.000, o se desarrollen en
zonas con niveles de erosión hídrica >10 t/ha*año (Inventario Nacional de Erosión de Suelos,
INES), del anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y por
ello incluido en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.6 del
Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.
El proyecto consiste en la puesta en riego por goteo, con aguas subterráneas, de un cultivo
de olivar en régimen super intensivo en una superficie de 14,89 ha, en las 120 y 150 del
polígono 23, del término municipal de Higuera de Llerena. Los sondeos se ubican en las
parcelas que integran el proyecto.
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