Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 25-05-2026
Consejería De Industria, Energía, Ciencia Y Territorio. Impacto Ambiental. (2026061243)
Resolución de 14 de mayo de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de plantación de olivar en regadío y balsa de almacenamiento de agua para riego en el paraje El Chaparral", cuya promotora es Jade Agroalimentación, SL, en el término municipal La Garrovilla (Badajoz). Expte.: IA24/2101.
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Resolución de 14 de mayo de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de plantación de olivar en regadío y balsa de almacenamiento de agua para riego en el paraje El Chaparral", cuya promotora es Jade Agroalimentación, SL, en el término municipal La Garrovilla (Badajoz). Expte.: IA24/2101.Lunes 25 de mayo de 2026
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CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA, CIENCIA Y TERRITORIO
RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2026, de la Dirección General de Gestión
Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto
ambiental del "Proyecto de plantación de olivar en regadío y balsa de
almacenamiento de agua para riego en el paraje El Chaparral", cuya promotora
es Jade Agroalimentación, SL, en el término municipal La Garrovilla (Badajoz).
Expte.: IA24/2101. (2026061243)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre
el medio ambiente.
El proyecto “Proyecto de plantación de olivar en regadío y balsa de almacenamiento de agua
para riego en el paraje El Chaparral”, ocupando una superficie de 34,04 ha, ubicado en las
parcelas 43 y 45 del polígono 9, del término municipal La Garrovilla (Badajoz), se encuadra
en el grupo I “Agricultura, silvicultura, acuicultura y ganadería”, epígrafe c) “Proyectos de
transformación, ampliación o consolidación de regadíos de 10 o más hectáreas; así como
los comprendidos entre 1 ha y 10 ha que cumplan alguno de los criterios generales, o que
ocupen cauces o humedales permanentes o estacionales representados en el mapa Instituto
Geográfico Nacional (IGN) a escala 1:25.000, o se desarrollen en zonas con niveles de erosión hídrica >10 t/ha*año (Inventario Nacional de Erosión de Suelos, INES), del anexo II de
la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y por ello incluido en el anexo
V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.6 del
Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto,
descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.
El proyecto consiste en la plantación y puesta en riego por goteo de un cultivo de olivar en
super intensivo en una superficie de 34,04 ha, en las 43 y 45 del polígono 9, del término
Otra información oficial del Diario Oficial de Extremadura del día 25-05-2026
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