Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 29-05-2026
Consejería De Educación Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2026061311)
Resolución de 26 de mayo de 2026, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Básico, en modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2026/2027.
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Resolución de 26 de mayo de 2026, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Básico, en modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2026/2027.Viernes 29 de mayo de 2026
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RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2026, de la Dirección General de Formación
Profesional, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación
para cursar ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Básico,
en modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas
especiales, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2026/2027. (2026061311)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación recoge entre sus principios generales “la
equidad, que garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades,
también entre mujeres y hombres, que ayuden a superar cualquier discriminación y la accesibilidad universal a la educación, y que actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que se deriven
de cualquier tipo de discapacidad, de acuerdo con lo establecido en la Convención sobre los
derechos de las personas con discapacidad, ratificada en 2008, por España” y “la flexibilidad
para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades
del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad”.
En su artículo 3.3 dispone “la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y los
Ciclos Formativos de Grado Básico constituyen la educación básica”.
También, introduce modificaciones en el currículo, la organización y objetivos en los ciclos
formativos de Grado Básico, desarrollándose tales aspectos en el Real Decreto 217/2022, de
29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación
Secundaria Obligatoria.
Por otra parte, en el ámbito autonómico el capítulo V del Decreto 110/2022, de 22 de agosto,
por el que se establece la ordenación y el currículo de la educación secundaria obligatoria
para la comunidad autónoma de Extremadura regula la organización de los ciclos formativos
de Grado Básico.
La Formación Profesional se rige por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación
e Integración de la Formación Profesional (BOE núm. 78, de 1 de abril), que, en la disposición
final tercera, dispone:
La ordenación de las enseñanzas de formación profesional comprendidas en el articulado del
capítulo V, del título I, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se entenderá
efectuada de acuerdo con lo que se dispone en esta ley, y todas las referencias que se realicen
en la normativa a estos preceptos, se entenderán asimismo efectuadas de acuerdo con lo que
se dispone en la presente ley.
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