Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 17-07-2026
Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Pymes. Ayudas. (2026061890)
Extracto de la Resolución de 3 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2026 para llevar a cabo el programa de ayudas dirigido a mejorar la competitividad y crecimiento de las pymes extremeñas, a través de una mayor capacitación, cualificación y formación de sus cuadros directivos.
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Extracto de la Resolución de 3 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2026 para llevar a cabo el programa de ayudas dirigido a mejorar la competitividad y crecimiento de las pymes extremeñas, a través de una mayor capacitación, cualificación y formación de sus cuadros directivos.Viernes 17 de julio de 2026
30619
EXTRACTO de la Resolución de 3 de julio de 2026, de la Secretaría General,
por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2026 para
llevar a cabo el programa de ayudas dirigido a mejorar la competitividad y
crecimiento de las pymes extremeñas, a través de una mayor capacitación,
cualificación y formación de sus cuadros directivos. (2026061890)
BDNS(Identif.): 918972
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.es) y en el presente DOE (https://doe.juntaex.es/).
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pymes con domicilio fiscal y centro productivo en
la Comunidad Autónoma de Extremadura, con independencia de cuál sea su forma jurídica,
que cuenten con una plantilla media de, al menos, 10 trabajadores contratados por cuenta
ajena en Extremadura, en los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
En el caso de nuevas empresas, que lleven operativas menos de 12 meses, se considerará el
mayor valor entre la plantilla media que hubiera tenido desde que se dio de alta en la Seguridad Social o la existente a la fecha de presentación de la solicitud. Cuya actividad principal
no se encuentre excluida según el artículo 4 del Decreto 89/2024, de 30 de julio.
Segundo. Objeto.
Con este Programa de ayudas pretende mejorarse la competitividad y crecimiento de las
pymes extremeñas, capacitando, cualificando y formando a sus cuadros directivos, de tal
modo, que les posibilite alcanzar una mayor capacitación y cualificación, en diferentes ámbitos de carácter gerencial, de dirección, toma de decisiones u otros relacionados con el desarrollo de proyectos de carácter estratégico para la pyme solicitante, tipo Master, programas
executive, programas de perfeccionamiento u otras acciones formativas similares, siempre
que tengan una duración de al menos 50 horas formativas, y que vayan a ser impartidas por
Escuelas de Negocio o Universidades, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5
del Decreto regulador de las ayudas.
Una misma pyme podrá solicitar la ayuda para un máximo de dos personas por convocatoria,
para la misma o diferentes acciones formativas.
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